Sección Especial

El procurador rival del todopoderoso valido. Relato de un enfrentamiento

The rival Procurator of the almighty Valido. Story of a Confrontation

Francisco Sánchez-Montes González
Universidad de Granada, España

El procurador rival del todopoderoso valido. Relato de un enfrentamiento

Prohistoria. Historia, políticas de la historia, núm. 41, 1-22, 2024

Prohistoria Ediciones

Recepción: 12 Noviembre 2023

Aprobación: 24 Febrero 2024

Resumen: Las difíciles relaciones entre el conde-duque de Olivares y don Mateo de Lisón, procurador de las Cortes de Castilla, manifestó la existencia de una oposición política en los primeros años de gobierno del todopoderoso valido y el enfrentamiento de ciertos personajes con los ambiciosos proyectos de reforma de don Gaspar de Guzmán. La tensión acumulada condujo hasta una crítica entrevista entre ambos personajes y su consecuencia fue el destierro del procurador de la Corte de Madrid. Su estudio permite conocer aquello que sucedía en el interior del poder.

Palabras clave: Cortes de Castilla, Siglo XVII, Procurador en Cortes, Conde Duque de Olivares.

Abstract: The difficult relations between the Count-Duke of Olivares and Don Mateo de Lison, procurator of the Cortes of Castile, reveled the existence of a political opposition in the early years of the government of the all-powerful Valide and the confrontation of certains characters with the ambitious reform projects of Don Gaspar de Guzmán. The accumulated tension led to a critical interview between both characters and its consequence was the banishment of the procurator from the Court of Madrid. His study allows us to know what was going on inside the power.

Keywords: Courts of Castile, XVII Century, Procurator in Courts, Count-Duke of Olivares.

El procurador rival del todopoderoso valido. Relato de un enfrentamiento[1]

Hace medio siglo pudimos conocer, gracias a un interesante estudio debido al profesor Vilar, acerca del agrio enfrentamiento que sucedió a fines de mayo de 1627 en Palacio Real de Madrid. Se trató de una dura discusión, sostenida entre don Gaspar de Guzmán y el procurador por Granada don Mateo de Lisón y Viedma, con el resultado final del destierro del segundo a sus posesiones de Algarinejo y la prohibición expresa de no pudiera ya regresar a la Corte.

Aquel asunto motivó un relato manuscrito por el propio Lisón, hecho con el fin de poder justificar su actuación, y que recibió el título de Lo que pasó con el Señor Conde de Olivares sovre haver dado a Su Magestad un Memorial en razón de las Prematicas.[2] En la presente aportación interesa regresar a su análisis desde el actual grado de conocimiento sobre su contexto, pues hoy es factible poder profundizar sobre la razón de la declarada hostilidad que existió entre ambos personajes (Vilar, 1971: 263-294). Sin duda, la raíz de su enemistad era profunda y dilatada en el tiempo, ya que surgió al comienzo de un reinado en el que el conde-duque ocuparía el centro del poder; mientras que en el caso del procurador en Cortes fueron sus denominados con acierto “nueve vertiginosos años de Lisón en la Corte (1619-1627)” (Martín Rodríguez, 2016: 8).

Desde tal perspectiva el “suceso palaciego” no fue un hecho efímero y descontextualizado, pues obedeció a una serie de circunstancia previas, algunas de las cuales se situaron más allá de la razón política: Lisón siempre puso en cuestión la reformista política olivariana, vertiendo dudas sobre su eficacia; y en especial era capaz, de ser necesario, de enfrentarse en persona con el conde-duque. Pero además, con insolencia, siempre procuró el acceso directo al rey sin la necesidad de transitar por el pasillo que conducía al despacho del valido, lo que resultaba extraordinariamente molesto para un don Gaspar decidido al ejercer el control total sobre el sistema político.

Los planteamientos de aquel díscolo procurador trataban de cuestionar la autoridad de la mano derecha del monarca, alcanzando más allá de la acción y postura personal, pues con cierta facilidad el representante lograba el apoyo de otras ciudades con Voto en Cortes, ya que sus argumentos gozaban de sobrado crédito, al estar sustentados sobre su amplio conocimiento acerca de la política y economía del que hacía gala don Mateo; hasta el punto que, junto con su faceta de procurador, a Lisón se le encuadra en la corriente arbitristas (Martín Rodríguez, 2008 y 2016; Sánchez, 2013; Viñes, 2008).

Él siempre justificó sus acciones a título personal, considerándose un mero “defensor de los intereses ciudadanos”, aunque en su actuación excediera cualquier límite, hasta incluso alcanzar la crítica a la autoridad, la cual vertía en los numerosos escritos que circulaban por la Corte, pues también militó en un cierto género narrativo –de amplia difusión clandestina–, convertido en instrumento de reprobación, con hábil pluma, de la ineficacia y corrupción del poder.

Los primeros pasos del conflicto entre Olivares y Lisón surgen en la etapa de cambio del anterior reinado de Felipe III: tras la muerte de este en marzo de 1621 se dibuja el tiempo de reforma y esperanza que en cuestión de días conduce a la desaparición de los ministros del finado –en especial Lerma y Uceda– y los papeles de Estado, en posesión del segundo, pasan a manos del sobrino de Zúñiga, don Gaspar de Guzmán, quien comienza así su vertiginosa ascensión al poder.

Era acuciante un cambio de rumbo, con Olivares cumpliendo un papel estelar para el cual él valido se consideraba capaz por “por naturaleza y por convicción, como es el heredero de los arbitristas, decidido a emprender con resuelta eficacia las reformas que se habían aplazado durante tanto tiempo” (Elliott, 1965: 353). Y, sin duda, era evidente que resultaba imprescindible abordar el problema estructural de los considerados males de España tantas veces señalados, pues tales cercaban a la débil Monarquía, ya que pesaba la imagen de la postración hispana, entendida tal como un proceso histórico, irreversible y biológico, del que nos habla Martín González de Cellorigo en su Memorial del año 1600 al sostener “como nuestra España, por más fértil y abundante que sea, está dispuesta a la declinación en que suelen venir las demás repúblicas”. Pero a tal tarea estaban llamados todos, pues era necesaria y urgente una reconstrucción soñada por el gobernante, también demandada por las instituciones representativas –caso de las Cortes–, y diseñada por los arbitristas. El fin colectivo pretendió reubicar un protagonismo hispano capaz de brillar de nuevo, contrapuesto con el dominante pesimismo del periodo y al que marcaría la pérdida de la hegemonía en Europa y la crisis interior. Su espejo fue la reivindicación del pasado, añorando, en un evidente anacronismo, a la época dorada de Carlos V, y ligando algunos la causa de todos los desastres a la incapacidad de la Monarquía para la defensa de la fe católica (Elliott, 1982: 198-224).

Los buenos propósitos sustentaron pues el ideal de una política que obedecía al doble programa de reformación y reputación. Su mano ejecutora, imprescindible, era la del ministro Olivares, pero esta no era la única, ya que actuaba en unión con la estrecha relación personal y profesional que existía entre él y el monarca, en una práctica dual de poder que hubo de durar veinte años, con multitud de encuentros, también de desavenencias y crisis. Aunque en su inicio, más que nunca, su sustentó fue la necesidad del apoyo y confianza mutua, debido a que en cierto grado ambos eran aún muy vulnerables en medio de la confusión existente por la caída de los Sandoval y las innumerables peticiones y también consejos para un buen gobierno que se presentaban al nuevo rey. Sin embargo, muy pronto otros quisieron coadyuvar a fraguar el nuevo modelo.

Felipe IV necesitaba de apoyo y “se hubiera sentido completamente perdido sin la protección y guía de su favorito” (Stradling, 1986: 136); de modo inverso don Gaspar pronto entendió que debía cumplir el papel de ser un ministro, que no el de un simple privado, para lo cual merecía y necesitaba de títulos de poder con el fin de legitimar su intervención en los negocios y asuntos públicos, haciendo de la privanza oficio, e imponiendo sus criterios frente a cualquier posible oposición (Tomás, 1990: 82). Lo cual, de modo convincente, fue expresado por el propio conde duque en sus Instrucciones al Marqués de Leganés, ya que en el clima de cambio resultaba imposible poder “gobernar con acierto si no es que la noticia universal se halle en un Ministro por donde salgan las órdenes reales” (Tomás, 1990: 40-41; 103-104). Con tal premisa, la del control directo, no extraña que al poco surgiese el enfrentamiento con el molesto Lisón, pues toda política obedece a una necesaria estrategia económica, y entre los planes iniciales del ambicioso Olivares se encontraba una actuación que concernía a las Cortes de Castilla: el proyecto de establecer un sistema bancario nacional, que el realidad no era una idea novedosa, pero la cual en aquella ocasión fue planteada mediante una carta enviada a las ciudades presentes en la tradicional institución castellana; acompañaba de otro escrito, de mayor alcance, que proponía la abolición de los millones. La respuesta a los posibles cambios fue convulsa: se debe entender el recelo y rechazo que las posibles medidas suscitaron, levantando los ánimos hasta el punto de que, en corto plazo, el valido se vio forzado a renunciar a una de sus primeras reformas de importancia. De hecho, las Cortes, aunque deseosas de sacudirse los millones, no vieron con claridad la otra posible fórmula tributaria y la supuesta mejora que pudiese aportar. En consecuencia, el modelo recaudatorio continuó vigente, e incluso incrementando de modo espectacular la cuantía de los ingresos requeridos a causa de la exigente política gubernamental, lo que en cierto grado pudo ser interpretado como un castigo por el rechazo al cambio.

Surge así, de modo temprano, un desencuentro de rey y valido con la institución más representativa de Castilla, pues en ella residía el sentir de las oligarquías ciudadanas y sus preocupaciones, sirviendo así de contacto del poder con la realidad. Sus procuradores, de modo frecuente, manifestaban en las sesiones las más variadas opiniones acerca del destino de la Monarquía y sobre cuál debía de ser el modo de abordar los males que la castigaban. Pero además, en sintonía con las ideas de un tiempo adverso, la resistencia a introducir alguna novedad fiscal creció paralela al renovado pensamiento económico coetáneo de varios de los procuradores en Cortes (Gelabert, 1997); entre los que destacaba la figura de Lisón, quien en sus demandas proponía sus propias soluciones, aunque ante la pretendida reforma financiera siempre se posicionó para señalar el grado real de agobio que sufrían las ciudades y sus apuros económicos, como de hecho así lo expresó en el año 1622: “Estos reinos tienen imposiciones y contribuciones que son plagas que los consumen si no se remedian. Y así no permita V.M. se críen otras nuevas que los acaben, ni se dé por servido del que las impusiere, si no por agrado del que las deshiciere”.[3]

El descontento no era nuevo, como bien demostró Felipe Ruiz Martín al señalar que la resistencia de las Cortes a la política de la Corona era frecuente, pues hundía su raíz en tiempos anteriores: surgió de modo temprano con Carlos V, formando cuerpo crítico en tiempos de Felipe II, al ser un periodo que articuló las exigencias urbanas, ya con Felipe III arreciaron los conatos de una disidencia y protesta que exacerbaba los ánimos, y la ya firme oposición fraguaría en las tempestuosas sesiones de Cortes que se celebraron durante el valimiento de Olivares, ya que sus procuradores se convirtieron en transmisores directos de una oposición que nació en de las voces hostiles de los concejos ante la insufrible carga impositiva que soportaban (Ruiz Martin, 1990: 35). Entre los múltiples representantes la actitud de don Mateo no era la única, y desde muy pronto Olivares comprenderá que sus planes de reformación no pasaban por la complicidad y concesión por las Cortes de la confianza a sus objetivos. De hecho, en las cuatro reuniones de la asamblea castellana celebradas durante el periodo de su poder hegemónico, surge el frente de una “resistencia parlamentaria” opuesta a su política, con el rechazo a la intención de imponer las reformas desde arriba, reclamando la práctica de la necesaria consulta con los representantes de las ciudades antes de plantear cualquier cambio. Es lo que sucede con ocasión de la primera convocatoria del año 1621, que genera el grupo de los defensores de un cierto programa “constitucional” para alcanzar al entendimiento entre rey y reino (Castellano Castellano, 1990), donde ya juega un activo papel don Mateo de Lisón y Viedma, junto con el procurador por Murcia don Juan de Verástegui, primo del granadino, pues ambos solicitan la creación de una comisión mixta ministros-representantes capaz de preparar un gran programa de reformas, conciliando los intereses del monarca con las ciudades y su reino.

En otra clave, a diferencia de otros tiempos, las Cortes no podían suscribir el contrato de millones sin articular un espacio controlado con gran fuerza por las ciudades, ya que se convertían en un “brazo político” capaz de adoptar decisiones propias frente a los hombres del monarca. Esto era algo que ya existía con anterioridad al acceso de Olivares al poder, pues los concejos habían levantado un sólido dispositivo para poder organizar una fuerte “resistencia” a según qué exigencias, convirtiendo a las Cortes en un instrumento institucional a su servicio, pero como novedad se le añadió la reciente conquista por las ciudades del decisivo voto consultivo, un hecho próximo en el tiempo, por el cual, antes de aprobar la imposición fiscal en el marco institucional de Cortes, la posición a adoptar debía de ser ratificada en reuniones a celebrar de modo individual por cada concejo, resultando así siempre precario el voto previo que hubiesen podido pronunciar los representantes en la institución castellana, ya que sus concejos podían negar una aprobación, hasta tal punto que la actitud de ciertos procuradores no siempre fue avalada e incluso llego en ocasiones a ser muy criticada. Es más, siendo el voto de Cortes solo consultivo y el de las ciudades decisivos, algunos veían no eficaz tener que mantener a la tradicional institución de representación. Así se expresó por Jerónimo de Ceballos en su Arte real para el buen govierno de los reyes y príncipes y de sus vasallos, cuando argumenta sobre un principio del fin útil: “bien se podían escussar estas convocatorias [de Cortes] y los gastos que se hazen en ellas, quitándoselo a los pobres”.

En consecuencia, resultaba de la mayor importancia el entendimiento directo con las ciudades, más aun que con la reunión de Cortes al resultar precario cualquier voto otorgad, aunque ello no quiere decir, pese la limitación de movimiento, que pudiera prosperar con facilidad la opinión directa de las ciudades debido a la corrupción del propio sistema: los recuentos de los votos consultivos, que eran realizados por el Consejo de la Cámara, estaban sujetos a todo tipo de amaños, no eran escrupulosos, ni fiables, siendo amañados desde la etapa de Lerma por lo que se les consideraban un fraude. Y la consecuencia del desgobierno fue la acumulación de rencores, junto con el desafecto de unas ciudades recelosas del mal funcionamiento del sistema, surgiendo un movimiento reivindicativo en el que Andalucía resulto ser la tierra más radical de ambas mesetas.

Lisón, tras la primera convocatoria del reinado, de apenas cuatro meses de duración, no regresa a Granada y continúa en la capital en el ejercicio del cargo de procurador mayor de su ciudad; es entonces cuando decide por vez primera hacerse escuchar directamente por el rey, lo pretende como un simple “vasallo”, pues declara no tener otro fin que “el bien público”, y con tal fin imprime su Proposición que forma parte de la primera parte de sus Discursos y apuntamientos, añadiéndole un breve texto con los puntos claves de su programa. El documento se lo entrega a Felipe IV “en su real mano [...] otro día después del Corpus, viernes, 27 de junio de este año de mil seiscientos veintidós”, indicando que “Su Magestad los tomó y dijo los vería”, si bien no hay constancia de que el manuscrito obtuviera la “cédula de promesa”, que implicaría la posible respuesta del monarca a sus planteamientos. Los numerosos consejos contenidos en el mismo, de ser atendidos, hubieran coadyuvado a la mejora de la situación ante el acierto de su visión política, pero además no quiso perder ocasión para presentar su intención de reformas, llegando a advertir al rey: “Considere Vuestra Majestad que el tener riqueza, no consiste en mucho recoger y ganar, sino en conservar y poco gastar”.[4]

Era la primera vez que Lisón vadeaba al valido, no sería la última, pese a los problemas que sufriría por tal modo de actuar. Incluso ya expresaba al monarca, con valiente claridad, su rechazo a la injerencia de Olivares en todo asunto, reclamando un mejor trato del rey con sus gobernados para sacudirse de la perniciosa sombra del valido:

“...que estos reinos y provincias, con las pocas fuerzas que tienen, sirven con las contribuciones y millones que pagan [...] que la conservación del rey consiste en la conservación del reino, y la conservación del reino consiste en la clemencia, buen gobierno, fuerza y poderío de su rey. Y así el reino ha de llevar en paciencia y pagar los tributos, pechos y servicios debidos al rey y señor natural, y V.M. oír los clamores, desconsuelos y trabajos de sus vasallos remediándolos, y sus necesidades, como los esperamos, y de esta suerte se conservará todo [...] y pido de parte de Dios a V.M. se sirva se trate de ellas, nombrando personas de experiencia, satisfacción y cristiandad”.[5]

En el otro extremo se alzaría el mecanismo adoptado por el conde-duque con el fin de evitar su enredo en la trama institucional, planteando la creación y funcionamiento de un “gobierno paralelo” mediante el establecimiento de las selectas Juntas ad hoc formadas por sus partidarios más incondicionales. Con ellas se evitaba el paso de los asuntos por los Consejos, más aún por las Cortes, al concentrar la toma de decisiones en un mecanismo directo de control; pero su agilidad no era siempre la esperada, de hecho Olivares desesperaba, con prisa, por conseguir la total colaboración, y con el fin de acelerar el cambio constituyó la denominada Junta Grande de Reformación (González Palencia, 1932) de la que surgen el 10 de febrero de 1623 los conocidos Capítulos de Reformación: un producto acabado de la práctica política del valimiento, fruto de una larga elaboración, que contenía un modo de entender el gobierno plasmado en los numerosos memoriales que el propio valido elevó al rey. Su panorama de actuación era muy amplio: alcanzaba la limitación de las probanzas de sangre, la aplicación de leyes suntuarias, la disminución de las dotes, del número de criados, regulaba también los excesos del vestir, la prohibición de la importación de manufacturas extranjeras; o bien, en orden moral, planteaba la clausura de los burdeles. Era pues una reforma general de la moral y costumbres, pensada sobre la “regeneración”, pero sus buenas intenciones quedaron en nada y la energía de cambio quedó frustrada en un difícil equilibrio entre el cambio de los valores tradicionales y las tensiones en una España enemiga de las novedades.

La cuestión económica y la reforma de financiación poseían tal peso específico en la estrategia reformista que para su consecución el conde-duque se vio obligado a desplegar de nuevo las intenciones políticas en el marco de la relación con las Cortes, persiguiendo el tan demandado apoyo a la reformación a partir del inicio de 1623. En esta ocasión lo hizo mediante una extensa carta con el contenido de su propuesta y destinada a las 17 ciudades y la villa en Cortes, la cual contenía también los necesarios halagos a las oligarquías urbanas. Su intención era “la concesión de estos servicios al voto decisivo de las ciudades”, estableciendo un contacto directo con ellas, con la ayuda de la Junta de Asistentes (González Palencia, 1932: LXII). El procedimiento escogido, el del escrito separado para cada ciudad, retomó la idea de suprimir a los millones, con su sustitución por un nuevo impuesto y el establecimiento de los erarios. Era pues un tema ya recurrente, un plan que no era original, cuyas ideas ya habían sido debatidas en las propias Cortes y ciudades, pero en esta ocasión la propuesta debía ser coordinada por un Consejo Supremo nombrado por el rey y convertido en un “un poderoso instrumento en manos de la autoridad”, dado que ofrecía al monarca la posibilidad de prescindir de los contratos de los millones, para sustituirlos por una renta permanente que no requería su renovación periódica por parte de las Cortes (Ruiz, 1990: 334).

De nuevo la esperanza del valido se depositó en la reacción de las ciudades, pero también la ocasión volvió a quedar en una tentativa por la falta de confianza en la Corona: las oligarquías urbanas no consideraran aceptable renunciar a las ventajas adquiridas por el servicio de millones a cambio de las inciertas expectativas que se les ofrecía; y pronto, en desacuerdo con la propuesta, comunicaron a Madrid sus reticencias y sus objeciones, manifestando de modo abrumador su negativa a la imposición del cambio a pesar de la presión que los corregidores, por orden del rey, ejercieron sobre los cabildos de las respectivas ciudades.

La mayoría de los concejos, sobre todo los cuatro de las capitales andaluzas, en menor grado los de Castilla, rechazaron la irregular vía adoptada y aquel intento de negociación se convirtió en imposición. El conde-duque, ante su escaso éxito, optó promulgar los Artículos de Reformación mediante la pragmática de 10 de febrero de 1623, y en respuesta las ciudades se hicieron de nuevo escuchar, logrando ciertos cambios, pues todavía perduraba el anhelo del consenso. Sin embargo, las modificaciones introducidas fueron mínimas, y el régimen de Olivares mostró por vez primera su verdadero rostro de una reforma forzosa (Gelabert, 1997: 72). Se habían roto los puentes y ante la creciente situación de descontento fueron convocadas Cortes en Madrid para marzo de 1623; se barruntaba la tormenta en sus sesiones, las deliberaciones movidas, y el propio valido difundió la consigna entre sus allegados de intentar alcanzar el cargo de procurador allí donde fuera factible. De hecho, el propio ministro fue elegido mediante presión como representante por Madrid; pero lo que nadie podía pensar es que las sesiones se prolongarían por un largo espacio de tiempo, quedando suspendidas las Cortes en diversas ocasiones, ocupando los debates seis largos años, de 1623 a 1629, marcados por el progresivo aumento del clima de tensión y hasta alcanzar la ruptura total entre las ciudades y el conde-duque, afectando por extensión a las relaciones con el propio monarca. (Tomás, 1982: 39; Ruiz, 1990: 41).

Las posiciones se centraron de modo principal en el agobio financiero de la corona y en el primer discurso del rey, leído el 6 de abril, refería el monarca acerca del lamentable estado de la Hacienda real, declarando ante los procuradores que la Monarquía padecía “una complicación de males”, asegurando que para su solución había hallado “un remedio global contra el proceso de decadencia en la fundación de erarios” (Elliott, 1990: 162). La respuesta fue la renuencia de las Cortes a aprobar la abolición de los millones, siendo ya la tercera ocasión en la que se mantenía del desacuerdo, lo que puede explicarse en cierto grado por los intereses personales que poseía el patriarcado urbano sobre la administración de los impuestos, pues la experiencia de las últimas décadas manifestaba que toda concesión de millones implicaba la larga serie de condiciones adjuntas que esta llevaba consigo, siendo uno de los pocos medios de regateo que tenían en sus manos; pero además, con razón, se temía que la desaparición de los millones supusiera también la desaparición de las propias Cortes.

Los debates se enquistaron y las fuertes protestas llegaron hasta el rey, trasladándole que don Gaspar, sin consenso, había sobrepasado el límite de su autoridad al crear los erarios para de imponer sus criterios; y algunas ciudades, entre las que destacan de nuevo las andaluzas, en previsión de una fuerte presión en las Cortes retiraron el voto decisivo a sus procuradores, concediendo tan sólo el consultivo. Por entonces Lisón es un molesto personaje a quien el valido intenta apartar de la Corte, ya que considerar que su actuación está siempre detrás de los opositores, mientras que el representante por Granada se defiende e intenta convencer de modo directo a Felipe IV de que sufre una injusta persecución, procurando el amparo regio. Lo que quedó escrito por él en su manuscrito de un ficticio Diálogo entre consejero y rey:

“Consejero- `Muy desconsolado vengo Señor, que entiendo he de perder la ocasión de servir a Vuessa Magestad, porque me han de procurar echar de la real Casa, por dezir lo que passa, que el acudir a estas obligaciones traen tales pensiones, más donde quiera que me hallare serviré a Vuestra Magestad con la lealtad que devo”.

“Rey- `Quien será para echaros de mi servicio, si yo os he elegido, y obligado a decir verdades, y vuestro parecer sin lisonja, que los Reyes de quien pende la Santa Fe el gobierno de las Monarquías, y la conservación de tantos vasallos, de lo que tenemos más necesidad viene a ser amparar los que nos dan avisos de casos importantes”.[6]

El 4 de octubre de 1623 se produjo la votación de millones: la cantidad de dinero a aprobar no tenía precedentes, ya que era el doble del valor entonces habitual, hasta alcanzar la exigente cantidad de sesenta millones de ducados a pagar en doce años (Domínguez Ortíz, 1983: 24-25). Pero el recurso había escapado a un posible control, estaba en manos de las ciudades con voto, y debido al atrincheramiento de los procuradores, con el protagonismo del adverso “frente andaluz”, se planteó la visita del rey al Sur para los primeros meses de 1624 con el fin de “ejercer presión sobre los recalcitrantes concejos municipales en ratificar el voto consultivo de sus procuradores” (Elliott, 1989: 409). De este modo la que sería Jornada real a Andalucía se puso en marcha, para hacerla coincidir con los debates de los concejos de Córdoba, Sevilla, Granada y Jaén (Sánchez-Montes, 2020), procurando el efecto del valor simbólico de la presencia regia. Aun así, el resultado final del itinerario fue una decepción: medio año después del paso por Andalucía las Cortes acordaron, en precario, un raquítico donativo de 12 millones de ducados a pagar en seis años. Su cuantía quedaba lejos de las aspiraciones iniciales… al año, en junio de 1625, comenzaron a llegar con lentitud las decisiones de los concejos: el voto consultivo fue aprobado, pero no en todos. Era pues evidente que nunca se alcanzarían los sesenta millones previstos en 1623 e incluso las ciudades impusieron duras condiciones para avalar las futuras acciones, comenzando un repliegue de las grandes aspiraciones reformistas.

En defensa de sus planteamientos Lisón y Viedma remitió un Informe y Relación, al que se le unieron con sus firmas otros cuatro regidores con voto, visualizándose de nuevo al granadino en su papel de cabecilla y portador de la palabra (Martín Rodríguez, 2016: 15). Y el rey hubo de aceptar la merma de la cuantía de millones, pese a que, contradictoriamente, las propias Cortes pudieron exhibir como habían acudido de nuevo a auxiliar a su rey:

“Habiendo el Reino reconocido las graves y urgentes necesidades de su Majestad, causadas de las ocasiones forzosas que se han ofrecido por haber acudido a la defensa de la Fe Católica, conservación de estos reinos y alivio de sus vasallos. Y visto por menor como hasta lástima el estado de la Real hacienda pareció inexcusable hacer a Su Majestad un servicio equivalente a lo que pedían los gastos presentes” (Stradling, 1989: 140).

Todo por entonces parecía ir mal en un camino plagado de obstáculos que conducía al desastre: el abandono de los erarios, el consiguiente rechazo a la creación de una banca pública, la merma de millones, la nada desdeñable situación de la política exterior… al poco, a la crítica situación, se le sumó incluso la enfermedad de rey que hizo pensar en su posible muerte. De hecho, ante el problema sucesorio y la debilidad de la Monarquía, se planteó una situación que afectaba al valimiento pues “si el rey moría, Olivares caía” (Rivero Rodríguez, 2017: 197 y 201); llegando así a situar a don Gaspar en el que fue por entonces su peor momento político, pues “los médicos dijeron que estaba apretado y peligroso, con lo que el Conde entró en notable miedo y creyó que se le venía el mundo tras de sí”, como así escribiera Matías de Novoa en su nombrada Historia de Felipe IV, rey de España. Pesaba pues la imagen del fracaso del régimen, y el valido, mediante un largo memorial, presentó su dimisión por vez primera su rey, quien incluso consideró razonable trazar una política contraria a la de su mano derecha. Pese a todo muy pronto las aguas turbulentas regresaron al cauce de la mutua confianza y el monarca se adhirió a don Gaspar con más fuerza que nunca, aunque la enfermedad del rey puso de manifiesto la existencia de un nutrido grupo de adversarios, más de los pensados. La diosa Fortuna le había pues abandonado, cuando tan solo había transcurrido un año desde aquel 1625, que resultó ser annus mirabilis para España, pues se desató la euforia a causa de las tres grandes victorias conseguidas en Breda, Bahía y Cádiz.

La Monarquía presentaba ya los primeros síntomas de cansancio, acompañados por “el caos financiero que se adueñó del Estado”, poniendo así fin a la considerada primera etapa del reinado (de 1621 a 1627), caracterizada por haber sido “el periodo inicial de la euforia y esperanza” (Alcalá, 1975; Domínguez Ortíz, 1960). Sin embargo, superada la crisis la fuerza de un Olivares instalado en la cúspide ya no recibió contestación alguna, e incluso se considera “el Atlas, cargando con el peso del mundo, desnudo de interés y vestido de valor” (Rivero Rodríguez, 2017: 2002), coincidiendo precisamente el tiempo de su pleno poder con el enfrentamiento final con Lisón. De hecho, aunque ya era incuestionable su puesto principal, la depresión y el atolladero político persistió durante tiempo, no pudiendo olvidar el valido a quienes eran sus enemigos pues por entonces se le presentan nuevos problemas, que se enredan con los sempiternos enfrentamientos con el procurador (Elliott, Peña y Negredo, 2013: 104, 138-139).

La cuestión primordial del momento fue la de las acuñaciones de vellón, una práctica obligada para poder financiar los gastos de la Monarquía, que había incrementado de modo desmedido los precios, convirtiendo la moneda de plata en refugio en contra de los intereses de la real Hacienda, pues el vellón en una alarmante baja de su valor era cada vez más generoso en cobre, y así se depreciaba para luego tener que ser cambiado a plata. La situación suscitó la proliferación de remedios y arbitrios, los cuales fueron hechos llegar al valido, al Consejo de Castilla y las Cortes, con el fin de poner remedio “sin daño para los vasallos ni para él rey”; y en ellos, frente a la tradición medida de la devaluación nominal del vellón, se proponían otras fórmulas a estudiar en Cortes.

En 1626, a la espera de adoptar una decisión, cesaron las acuñaciones de la moneda; al siguiente año el conde-duque trató de atajar un segundo problema que también horadaba el sistema: la intensa circulación de vellón falso por causa de los contrabandistas, cuya jurisdicción y control fue transferida a la Inquisición, al ser considerada la más dura, estrechándose también la vigilancia sobre el comercio de los barcos fondeados en puertos españoles.

Tales medidas no dieron resultado: los comerciantes guardaron sus mercancías ante una esperada devaluación, y tampoco las importaciones de falso vellón cesaron por el incentivo de su colocación en Castilla por su alto valor monetario. De este modo, entre las alternativas, se impuso el plan arbitrista de Gerardo Basso y su propuesta de eliminar los excedentes de vellón “sin pérdida ni injuria para nadie”, mientras que Olivares preconizaba una deflación tradicional sin indemnizar a los tenedores de moneda. A su vez las Cortes, junto con el Consejo de Castilla, defendían la creación de diputaciones para el consumo de vellón, a modo de “red de bancos” a implantar en diez ciudades de Castilla –entre ellas en Granada–, contando con un órgano central de gobierno. Su función sería avalada mediante una serie de recursos fiscales, entre otros incentivos con un anticipo de la corona como fondo de maniobra; su fin era la retirada de vellón y un arreglo monetario que equilibrara la paridad de oro, plata y cobre, beneficiando a medio plazo a la Hacienda real, pues posibilitaría poder pagar la deuda exterior, y que el conde-duque dispusiera de una amplia financiación para sus planes. En realidad, tal práctica suponía el regreso, con otro nombre, al sistema de los erarios ya rechazado en Cortes, por lo que condujo a nuevos conflictos con los procuradores, y aunque las diputaciones fueron creadas tuvieron poco éxito, abundando de modo creciente las quejas sobre su actuación (Ruiz, 1970: 104-105; Domínguez Ortíz, 1983: 256).

Era la ocasión propicia para que don Mateo Lisón lograse fraguar una nueva resistencia, ampliando sus apoyos al contar con la adhesión de Burgos, Sevilla, Salamanca y Murcia, pues tales ciudades se posicionaron junto a Granada en pleno proceso de consultas acerca de la pragmática para la creación de las diputaciones. Sin cejar en su empeño, a su modo, Lisón defendió su otra posición, dirigiendo un memorial al rey sobre las Pragmáticas promulgadas acerca de la fundación de los erarios llamados casas de negociación y sobre el consumo de la moneda de vellón, y siguiendo su pauta de actuación le hizo entrega del mismo al monarca en audiencia reservada. En su manuscrito hablaba de las obligaciones contractuales de la corona, advirtiendo que, si no se respetaba al pueblo, este quedaría libre de la obligación de pagar impuestos, y aunque decidió entregar el escrito al rey, su suerte estaba en manos del conde-duque.

Lo sucedido a continuación se conoce por el señalado escrito justificativo del procurador (Vilar, 1971), pero la situación se comprende tras el dilatado proceso temporal que condujo al desencuentro. La actitud de Lisón era inadmisible para Olivares: hizo llegar a Felipe IV un Memorial del que incluso ya circulaban copias por la Corte y sin tener su consentimiento. En consecuencia, al día siguiente, don Mateo fue llamado al despacho del valido, acudiendo a la cita el procurador en compañía del doctor Villegas con el fin de que fuese testigo de lo que pudiera suceder. Don Álvaro, por entonces de avanzada edad, era administrador del arzobispado de Toledo y persona de confianza del representante, ambos coincidían en planteamientos, en su día fue impulsor de la conocida Junta de Reformación y confidente de Zúñiga, y defendía el criterio de austeridad pues incluso llegó a preparar un borrador de leyes para controlar el lujo. El otro personaje presente fue el secretario real don Antonio [Hurtado] de Mendoza, a quien se conocía como el “discreto de Palacio” siempre al lado del valido, pues era su ayuda y oído de lo que sucedía en la cámara del rey, ejercía como su fiel confidente y fue un seguro delator de la entrega de todo documento al monarca.

A puerta cerrada con llave, con los cuatro actores, se produjo el duro enfrentamiento entre los dos personajes, pero que no llegó a liquidar las rencillas y odios larvados desde hacía años pues eran muchas las afrentas. El representante en Cortes fue increpado y vejado con insultos por el conde-duque al decirle que “vuesa merced debe entender se lo sabe todo, y que tiene grande entendimiento, pues no sabe nada, ni entiende nada”; la lógica respuesta del granadino fue la defensa de su honor y el manifestó de su lealtad, lo que no pudo impedir que recibiera todo tipo de acusación al considerar Olivares sobre su actuación que:

“...no era servicio al rey lo que hacía, ni defensa de nada, sino destruirlo todo, y que el enemigo no podía hacer tanto daño si entrase con un exército en estos Reynos, como yo hacía perturbando las cosas del servicio de Rey, y para ello me tomaba mucha más mano de la que me tocaba, escribiendo y hablando licenciosamente de las cosas del Gobierno y de tan grandes ministros como tiene Su Magestad...”

Se había desatado el rencor acumulado, y el maltrato hacia Lisón generaba tal sombra de duda que el representante se vio obligado a argumentar acerca de la noble memoria de su familia y del linaje merecido por la justa gloria de sus antepasados: “Yo le dije suplico a Vuestra Excelencia me trate bien y ninguna otra persona en el mundo se atrevería a decirme eso, y mis principios son de abuelos y bisabuelos que ganaron muchas tierras y ciudades, a los Reyes defendieron sus reinos, derramaron su sangre y murieron en su servicio”.

Reivindicando así la actuación de su familia y los de su sangre, pues fueron llamados por los reyes a la conquista del emirato nazarí granadino, recibiendo en premio a su lealtad la recompensa de una gran cantidad de dominio territorial en la frontera oriental del territorio granadino, el cual constituían un sólido patrimonio (Soria, 1992: 319-334; Sánchez-Montes, 2023: 345-359). Además, en defensa de su modo de actuar, afirmó que él no hablaba a título personal: lo hacía “en nombre de mi ciudad”, pues era Granada la que le había pedido redactar aquel memorial en relación al asunto de las pragmáticas impuestas por ser lesivas a sus intereses.

Por el contrario para Olivares su modo de proceder era el contrario a toda regla honesta: había impreso un memorial haciéndolo circular entre los representantes de las ciudades para soliviantar los ánimos en contra de su rey, llegando incluso a sus manos dos ejemplares clandestinos; pese a lo cual Lisón mantuvo su postura, razonando que: “...los daños que podrían resultar de la execución i el sentimiento de los vasallos por haverse impuesto tan grandes tributos sin haverlos concedido ni haverlos oydo el ser contra Fueros de estos Reynos en contravención de Juramentos contra Contratos otorgados con los Reynos, y en razón de esto le di Memorial [al rey]”.

De nada sirvieron sus explicaciones. Fue acusado gravemente de ir contra de las resoluciones de Su Majestad y de pretender el apoyo de las ciudades, advirtiéndole don Gaspar, de modo furibundo, que no era más que una mera “hormiga, acaso siquiera media hormiga”, y que lo que él hacía con ellas era aplastarlas “con el tacón de su zapato”. La tensión era evidente, pero incluso así don Mateo fue capaz de responderle, al decirle que siendo una hormiga “no eran necesarios tantos cuidados”.

En una última amenaza el conde-duque advirtió al procurador que Su Majestad había mandado hacer acopio de los papeles que existían contra él, en unión con las consultas que el Consejo de Castilla y su Presidente don Francisco de Contreras habían hecho acerca de su expulsión de la Corte… tachando que, para ocupaba su cargo, había sido seleccionado en su día por el propio valido y por su tío Zúñiga, pero no cumpliendo con honestidad su oficio. Con ello, en un a modo de sentencia final, le trasladó que la decisión última era la de apartarlo de la Corte, siendo pues desterrado a su finca de Algarinejo, poniendo así fin a su carrera política.

No terminó aquí la persecución de Olivares a su adversario: dos años después, en 1629, un comisario real fue encargado de verificar el destino de las tierras de la corona en el reino de Granada, por lo que investigó la procedencia de las casi 2.500 hectáreas dedicadas al cultivo del azúcar en la Costa de Motril y Almuñécar y asignadas a “uno que se precia de repúblico”, este era Lisón y Biedma, y se sospechaba de su usurpación, lo que podía ser cierto, ya que poseía un más que notable patrimonio en tierras y acrecentado desde la herencia de su primer suegro que era motrileño.

De modo inverso, aunque en este caso mediante el recurso del papel escrito, pudo surgir la réplica y venganza contra el valido al circular por la Corte los llamados “papeles irrespetuosos disfrazados de cartas” en los que se atacaba a Olivares. Formaban parte de la publicación de la obra El tapabocas que azotan, y de modo tradicional, pese a ocultar su autoría en el anonimato, se atribuyó a don Mateo de Lisón y Viedma (Astrana, 1945; Vilar, 1971; Elliott, 1990); aunque hoy, según recientes estudios, dicha imputación parece carecer de fundamento (Urí, 1998: 22-25; Castro Ibaseta, 2008: 406-415), aunque en aquel tiempo en la Corte no existía duda de la implicación de Lisón, como así lo afirma el citado poeta y secretario real don Antonio de Mendoza: “Estos días se ha impreso un libro sin autor [que se atribuye a Lisón], la materia que trata es la más seria y dificultosa que puede ofrecerse; el estilo y modo el más indigno y bajo que podría hallarse; el intento, como se descubre, es engañar o desengañar los ánimos de todos…”[7]

Desde los primeros años de reinado, los dominados por la actuación del todopoderoso valido, se alzaron contra su política una serie de voces críticas que sufrieron la persecución de los disconformes. Por el contrario, en su defensa, surgieron los autores proclives a la adulación, entre los que destacó sobremanera la figura de Francisco de Quevedo, quien paradójicamente en el inicio sufría el veto de su propia obra, ya que su acercamiento a don Gaspar, y la consiguiente rehabilitación, se produjo días después del deceso de Felipe III y estando aún “preso en mi villa de Juan Abad a 5 de abril (de) 1621”, dedicando al conde duque la edición de la primera parte de Política de Dios, gobierno de Cristo y tiranía de Satanás, que fue seguida por otras publicaciones, entre otras por la aduladora comedia Cómo ha de ser el privado.

Quevedo redacta una conocida respuesta a las críticas de El tapabocas, lo cual le hace escribir el Chitón de las Tarabillas, para la que hubo de contar con la posible colaboración de Hernando de Salazar e incluso con quizás el propio secretario real (Astrana, 1945; Elliott: 1990: 241-243). Dicha obra, como se ha demostrado, circulaba sin el visto bueno del valido, ausente de las correcciones que en su afán de supervisar hubiera podido considerar, y aunque con toda probabilidad el propio Quevedo guardaba una copia, bien pudo consentir la edición clandestina bajo pseudónimo. Pese a ello fue delatada a la Inquisición y se requisó a los cinco meses de su publicación, ya que “un anónimo lector” denunció a “un librillo impreso en Güesca a primero de enero de 1630 [que] debe V.Sº. mandar recoger [por] escandaloso, sedicioso, dogmatizante, injurioso y burlador de las cosas sagradas” (Urí, 1998: 66-75). Pero no siempre fueron fáciles las relaciones entre don Gaspar y Quevedo: precisamente en 1627 se alteró la calma entre ambos a causa del intento quevediano de promover a Santa Teresa como copatrona de España junto a Santiago, al defender su postura mediante dos memoriales que envió de modo directo al rey, los que le condujeron, a instancia de don Gaspar, en 1629 a un nuevo destierro a su sitio de La Torre de Juan Abad del campo de Montiel (Urí, 1998:10). Además, junto con Quevedo, engrosaron el grupo de panegiristas otros destacados defensores de Olivares, caso de su biógrafo Juan de Vera y Figueroa, conde de la Roca, y contando también lógicamente con Mendoza.

Paradójicamente la crítica al poder y la consiguiente acción de la censura –tan propia de Quevedo como de Lisón– unió a dos figuras tan dispares del tiempo del conde duque como fueron el exponente de la mejor literatura y un inconformista procurador de Cortes. Lisón pudo ser, quizás no, el autor del tapabocas, pero es indudable que las páginas de aquella obra clandestina contenían su modo de pensar; la hasta entonces permisividad con los impresores de hojas, folletos y ejemplares de poco volumen se rompió precisamente en el año de su destierro, en coincidencia con los reveses de la política olivariana, al reforzarse el control sobre lo que se debía de publicar mediante la legislación del año 1627, que fue acompañada de modo más contundente por las posteriores disposiciones de censura del año 1647 (Domínguez Ortíz, 1991: 113-122).

Agradecimientos

El autor agradece las recomendaciones de los evaluadores anónimos de la revista

Referencias bibliográficas

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Anexo

Lo que pasó con el Sr. Conde de Olivares sovre haver dado à S.M. un Memorial en razón de las Prematicas. Biblioteca Nacional de Madrid [BNM], Papeles curiosos, manuscritos, t. 28. Mss.10913, fols. 37-45.

Fue que el lunes postero de mayo hablè á S.M. en nombre de mi ciudad, y hiçe relación de lo que contienen las Prematicas: los daños que podrían resultar de la execución, el sentimiento de los vasallos por haverse impuesto tan grandes tributos sin haverlos concedido ni haverlos oydo: el ser contra Fueros de estos Reynos en contravención de Juramentos contra Contratos otorgados con los Reynos; y en razón de esto le di Memorial y haviendo salido de la Audiencia de S.M. pasé à la Audiencia de Sr. Conde, y vi, que el Secretario Dn Antonio de Mendoza le havía llevado el Memorial, que Yo havía acabado de dar à S.M., reparé, y me pareció no hablar al Sr. Conde hasta otro día, que huviera leydo el dicho Memorial, y al día siguiente le fuy à hablar y estando en su Audiencia pública, me vió, y llamó, y haviendo entrado en la Sala donde dá la Audiencia, me dijo, que aguardase, y en acabando de despachar el que le estaba informando, llamó a Simón, y le mandó buscase al Doctor Villegas, Governador, que fue de este Arzobispado de Toledo, el qual vino luego, y le dijo entrase, y habiendo entrado cerró la puerta, y hechó la llave, y le dijo, envié á llamar a V.S. por que no he querido hablar á este Cavallero, sin que haya testigo como V.S. presente, y con esto bolvió á mí, y me dijo: Vuesa Merced devedé entender se lo save todo, y que tiene grande entendimiento; pues ni save nada, ni entiende nada, y hombre, que es contra las resoluciones que toma S.M. con parecer de tan graves consejeros, y ministros, arguye ser de humildes principios. Yo le dije, suplicando, a V. Exª. Me trate vien, y ninguna otra Persona en el mundo se atreviera a decirme esso; y mis principios son de Abuelos, y Visabuelos, que ganaron muchas tierras, y ciudades, á los Reyes defendieron sus Reynos, derramaron su Sangre, y murieron en su Servicio; y en esto, que yo hago, pienso, que sirbo tanto a S.M. Bolvió á decir que no era Servicio del Rey lo que hacía, ni Defensa de nada, sino destruirlo todo, y que el enemigo no podía hacer tanto daño, si entrase con un exercito en estos Reynos, como Yo hacía, perturbando las cosas del Servicio del Rey, y que para ello me tomaba mucha más mano de la que me tocaba, escriviendo, y hablando licenciosamente de las cosas del Gobierno y de tan grandes Ministros como tiene S.M. que Yo llebaría el pago que merecía y que S.M. havía mandado juntar con mucho cuydado los Papeles que havía contra mí, y las Consultas que el Consejo y el Presidente Don Francisco de Contreras havían hecho para que me hechasen de esta Corte; Yo le dije que para un Hormiga como Yo no ere menester tantos cuydados, ni juntar tantos Papeles, pues para castigarme bastaba un triste Portero; díjome que aun Hormiga era no era ni medio Hormiga y que podía entender se me havía de castigar de suerte que fuera escarmiento á muchos: Yo le dije que qualquiera cosa que se me diese por castigo la tendría por gran premio pues se me daba por defender mi patria y cumplir con mis obligaciones; díjome vuesa Merced no deve saver que son obligaciones de un ¿hombre de vien? Yo le repliqué las savía desde que tuve uso de razón y las cumplía como debía; que Su Excelencia dijese lo que quisiese más, que no era justo tratase de aquella suerte a los que defendíamos los Reynos y Ciudades, y que era quitarles la defensa, pues nadie se atrevería hablar si se trataban de aquella suerte; dijo tres o quatro veces que no havía tal y bolviéndose al Doctor Villegas dijo: V.S. sea testigo como le digo, que quando me quisiere hablar por su Ciudad venga a qualquiera ora y las cosas de Granada las tendré sovre mi caveza, más en particular suyo no quiero que me vea ni me hable; Yo le dije que en 8 años que havía estado en esta Corte no le había hablado en Pretensión mía, y que así no le hablaría aora, por que no la tenía; díjome que haría muy vien de no pretender, y que no savía que demonios me podían aconsejar el estar siempre contradiciendo al Rey cosas tan justas, y lebantando los Ánimos á las demás ciudades para que contradiferen; y entonces; y entonces dije que quien se lo havía dicho a S.Exª. no le havía dicho verdad, y que las Ciudades tenían Procuradores mayores que los mandase llamar y les tomase juramento para que supiese lo cierto; dijo, que todo se haría y muchas más diligencias para justificar la causa, que no se havía de dejar como Yo pensaba; díjele que si eran cosas tan justas, las que se trataban de ejecutar, y Yo no hacía más que referirlas, que no savía porque se me culpaba porque las cosas acertadas antes merecían premio el que las publicase; y que sería por los Ynconvenientes que representaba, no los decía á Reyes extraños, que á mi Rey y Señor natural los representaba con el respeto y humildad que se deve, por si algo fuera de provecho para el mejor acierto, que si no lo era se hicieses lo que S.M. mandase, con que Yo era cumplido con lo que era obligado en haverlo dicho, y que mi Yntención era buena; dijo que lo que se hacía no solo era bueno, sino rebueno mil veces, y que como podía ser buena mi Yntención si haviéndome ordenado mi Ciudad que sin juntarme con otras cosas ni hacer ruydo diese mi Memorial, y no lo cumplí, pues lo había impreso para repartirlo y que se publicase; Yo dije, que como era Negocio, que no lo havía de resolver S.M. sino que lo havía de remitir al Consejo o a alguna Junta donde hay tantos Jueces, hice imprimir dos docenas para darlos á los Jueces en remitiéndose como se dán Ynformaciones en Derecho, sin haver dado ni repartido ninguno, y que no entendí desacertar, ni desagradar en que se imprimiesen; dijo que aquello no era cierto, porque havía dado muchos pues tenía dos Copias en su Poder; díjele que los oficiales de las Ymprentas suelen tomar algunos Pliegos, y que serían de ellos, que le certificaba no haver dado ninguno; bolvióse al Doctor Villegas, y de dijo, piensa V.S. que guarda palabra, pues haviendo embiado orden al Presidente de Castilla, para que le pidiese los Papeles que sovre estas materias havía escrito, se los entregó, y las Cartas de su Ciudad, y le dijo no quedaba en su poder original y se quedó con un traslado; dígele que el Presidente havía dicho lo cierto, y que las obligaciones de la Conciencia eran en primer lugar; que aquel Papel era en dfensa de mi Ciudad y no me parecía cumplir con lo que era obligado, sí por dárselo, se perdiese y no llegase á manos de S.M. y que assí me havía quedado con un traslado, y que lo havía negado, por que no me lo pidiese quien no podía dejárselo de dar, y que también era cierto el haverme buelto los Papeles, y dicho el Señor Presidente usase de ellos, y que hiciese mis diligencias, y que sí se havía de sentir tanto el hacerlas que para qué se me decía las hiciese? Y sí se me havía dicho las hicieses, que por que se me culpaba por hacerlas? Y más no siendo sola Granada la que contradecía, que Burgos, Sevilla, Murcia, Salamanca y otras muchas contradecían, y también el Reyno, y que por una parte se le embiaban Decretos á los Procuradores de Cortes para que no contradijesen, y por otra tratando de tal suerte á los que iban por las Ciudades, que su Excelencia viese sí aquello era justo? Dijo, que las diligencias que el Señor Presidente me havía dicho hiciese solo eran dar el Memorial a S.M. y al Presidente Confesor, más no para publicarle; y que si el Reyno y las ciudades tienen medios que dar para reducir la moneda, serán oydos, más, que sí no dan medios más de los que se han dado, que no savía que tenían, que decir, y que no se quitaba el advertir lo que se les ofeciese y el hacer Yo las diligencias por los modos que las hacía con alborotos, y por tan malos caminos, no solo se me havía de culpar, sino castigar, y que yo venía de la Suerte, que me iba; dije que yo no savía otro modo mejor que hablar como hablaba a S.M. y á Su Excelencia con el respeto que se devía, y representando los daños tan grandes y manifiestos, y que veyamos por una parte, que de quatro partes de la moneda de vellón se querían consumir las tres, sacándose de la poca substancia que les queda a los Vasallos; y por otra veyamos las Cédulas que S.M. despacha, pàra que sin limitación se pueda sacar de estos Reynos la moneda de Oro y Plata que cada uno quisiere, con que traygan meercadurías, y que en virtud de estas cédulas no dejar Plata, ni Oro, y ha de ser daño mayor cada día, y por advertir estas cosas nos vemos maltratar, deviéndose estimar, y remediar más que el Daño havía de ser por representarlas o decirlo Yo, y que por evitarlo me iría a mí Casa, y que mi ciudad embiaría otra Persona, que fuese más bien oyda de su Excelencia y dijo pues habían de dejarle ir, y bolviendo al Doctor Villegas le dijo: mire V.S. que las cosas que ha hecho entiende se ha de ir sin castigo, Yo le aseguro que no le dejaré ir assí como quiera y verá lo que pasa, y dejemos esto, y diga Vm. Lo que tiene que decir por su Ciudad, Yo le dije que como havía de hablar por mi Ciudad si Vuestra Excelencia me trata de la Suerte que me ha tratado, y bolvió a decir cúbrase vuesa merced y diga a lo que venía, y nos cuvrimos, habiendo estado descuviertos todos los tres lo que duró esta Plática, y habiéndole hecho relación de dos Negocios sovre que le iba a hablar, me dijo que todo lo que tocase a Granada lo havía de poner sobre su cabeza y hacer quanto pudiese, más bolvió a decir que en mi particular no le hablase. Con esto le di las gracias por la Merced que ofrecía hacer á mi Ciudad, que es lo que estimaba, y dije, que en quanto á mi particular, hacía lo que me mandaba con lo qual me salí, y se quedó solo con el Doctor Villegas.

Don Matheo de Lisón y Viezma

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Notas

1 Trabajo Financiado en el marco del Proyecto de Investigación con referencia PID2019-109489GB- I00/AEI/10.13039/501100011033, Ministerio de Ciencia e Innovación (España).
2 Biblioteca Nacional de Madrid [BNM], Papeles curiosos, manuscritos, t. 28. Mss.10913, fol. 37-45; documento inserto en anexo a la presente contribución.
3 Lisón y Viedma, M. (1622). Memorial y apuntamientos: que dio a Su Magestad en sus reales manos don Mateo de Lison y Viedma veyntiquatro de la ciudad de Granada, señor del lugar de Algarinexo. Biblioteca Nacional de España [BNE], VE/12/13 (p. 148).
4 Lisón y Viedma, M. (1622). Discursos y Apuntamientos. En que se trata materias importantes del gobierno de la Monarquía y de algunos daños que padece y su remedio. Segunda parte. Por Mateo Lisón y Viedma, 24 de noviembre de 1622, BNE, impreso 18.162.
5 Lisón y Viedma, M. (1622). Discursos y Apuntamientos… (p. 141).
6 Lisón y Viedma, M. (1623). Desengaño de Rey, y apuntamientos para su gouierno: dialogos entre Rey poderoso, Reyno afligido, Consejero desapassionado ofrecidos a la Real persona, 13 de junio de 1623. BUGR, A-M4 (p. 31).
7 Mendoza, A. (1912). Papel en que Don Antonio de Mendoza, escribiendo al Conde-Duque cuando estaba en lo ardiente de su valimiento, discurre sobre un libro que salió impreso sin autor. Discursos de don Antonio de Mendoza, Secretario de Cámara de don Felipe IV, Rey de España. Por Juan Pérez de Guzmán y Gallo (ed.). Boletín de la Real Academia de la Historia, 60, 513-531, (p. 525).
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