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Los comandantes de armas y la pugna por el control territorial: San Luis de Loyola a principios de la década revolucionaria

Arms Commanders and the Struggle for Territorial Control: San Luis de Loyola at the Beginning of the Revolutionary Decade

Marcela Viviana Tejerina
Universidad Nacional del Sur, Argentina

Los comandantes de armas y la pugna por el control territorial: San Luis de Loyola a principios de la década revolucionaria

Prohistoria, núm. 33, 2021

Prohistoria Ediciones

Recepción: 02 Septiembre 2019

Aprobación: 10 Enero 2020

Resumen: El trabajo se centra en los comandantes de armas de la ciudad de San Luis, hasta el nombramiento de los tenientes gobernadores en el año 1812. En tanto el control de las armas devino en control del territorio, el rol de los comandantes de armas adquirió una vital importancia. Bajo la doble dinámica que enfrentó a las ciudades subalternas con las capitales de intendencia y el gobierno de Buenos Aires, los conflictos que involucraron a los comandantes de armas y al cuerpo territorial puntano dan cuenta de la creciente tensión en torno del principio de autogobierno.

Palabras clave: Territorio, poder, ciudades, comandante de armas, autonomía.

Abstract: This work focuses on the commanders of arms of the city of San Luis until the appointment of the lieutenant governors in 1812. Since the control of arms became control over the territory as well, the role of commanders became vitally important. Under the double dynamics that confronted subordinate cities with the capitals of the intendancies and the government of Buenos Aires, the conflicts that involved the commanders of arms and the puntano territorial corporation are evidence of the growing tension around the principle of self-government.

Territory; power; cities; commander of arms; self-government

Keywords: Territory, power, cities, commander of arms, self-government.

Introducción[1]

En el marco del creciente interés de los historiadores por las guerras de revolución y su relación con el orden social y las formas de gobierno republicanas (Bragoni y Mata, 2006 y 2008; Davio, 2009; Fradkin y Gelman, 2008; Macías 2015),[2] la importancia política de los comandantes militares ha sido abordada, particularmente, en el mundo rural y las áreas fronterizas (Barral y Fradkin, 2007; Fradkin, 2010a y 2014; Fradkin y Ratto, 2008; Molina, 2014; Rustán, 2011). Estos estudios han mostrado cómo, a partir de la crisis de la monarquía hispánica y, fundamentalmente, en el contexto del proceso revolucionario rioplatense, la relevancia de estos comandantes aumentó en forma directamente proporcional a la progresiva militarización de la sociedad y la creciente actividad guerrera (Fradkin, 2010b). No olvidemos que, en proceso de consolidación del nuevo orden, y ante la necesidad de establecer rápidamente nuevas vinculaciones con la entera población subordinada, las nuevas autoridades retomarían la concepción del gobierno político y militar de los borbones (Abásolo, 2005; Fradkin, 2009).

Nos preguntamos, por consiguiente, hasta qué punto esta política del gobierno revolucionario influyó en la designación de los comandantes de armas en las ciudades subordinadas y en qué medida su derrotero nos remite al enfrentamiento entre dos concepciones contrapuestas –sintetizadas en la figura de la patria criolla frente a la plaza militar–, cuya máxima expresión, durante la época colonial, se habría alcanzado en el proceso de militarización del siglo XVIII, entendido como “administrativización de la Monarquía borbónica” (Garriga 2009).[3] De acuerdo a este planteo, la contraposición entre aquellas dos figuras alude a la consideración de América como comunidad capacitada para el autogobierno o, por el contrario, dominio sometido a otro poder soberano. Cabría interrogarse, por tanto, sobre la posibilidad de extrapolar la dialéctica entre estas dos concepciones al análisis del proceso revolucionario. Así, entonces, la contraposición aludida se habría manifestado en un gobierno central que pretendía imponer su hegemonía, a través del control militar, y unos cuerpos territoriales que terminarían profundizando las aspiraciones de soberanía de los pueblos, bajo una doble dinámica que, a lo largo de la década de 1810, enfrentó a las ciudades subalternas no solo al gobierno de Buenos Aires, sino también a las capitales de intendencia (Verdó, 2016).[4] En tanto el control de las armas devino en control del territorio, el rol de los comandantes de armas debió adquirir una vital importancia, no solo para el gobierno porteño sino, fundamentalmente, para los cuerpos territoriales, como tutores de las repúblicas (Agüero, 2006).[5] Y, entre ambos, no debemos olvidar los intereses de las jurisdicciones provinciales, encarnadas en las gobernaciones intendencia, centros de poder intermedio sobre los que se había proyectado la potestad soberana y que habían resultado debilitados por la vacatio regis (Agüero, 2018).

Es a partir de esta idea que, a lo largo del trabajo, reconstruimos la pugna de intereses por el control sobre los comandantes de armas en la ciudad de San Luis, hasta el año 1812, cuando el gobierno porteño resolvió la designación en las ciudades de tenientes gobernadores, con mando de tropa. Examinamos las estrategias de los grupos de poder puntanos respecto de la designación y el control de los comandantes de armas, como parte del proceso de afirmación del principio de autogobierno. Nos proponemos identificar las reacciones, resistencias y la cultura política subyacente a las decisiones del ayuntamiento, en su relación con el gobierno intendencial y con la autoridad central. Para ello recurrimos no solo a las actas del Cabildo que se encuentran disponibles sino, fundamentalmente, a diversos documentos oficiales, crónicas de la época y material autobiográfico, tanto éditos como inéditos. [6]

La definición de prioridades

En las ciudades cuyanas, la jurisdicción del comandante de armas quedó establecida a principios de 1784, con la puesta en vigor de la Real Ordenanza de Intendentes de Ejército y Provincia de 1782, que suprimió el empleo de los corregidores y sus tenientes.[7] Con la creación del virreinato del Río de la Plata y la incorporación de estas ciudades a la Gobernación Intendencia de Córdoba del Tucumán, se establecieron en ellas nuevas autoridades.[8] En lo particular, el mando de las milicias de la ciudad y su jurisdicción quedó a cargo de un comandante de armas, cubierto por un sargento mayor u oficial más graduado o antiguo, bajo dependencia –según los casos– del comandante general de armas residente en la capital de la provincia, del comandante general de la campaña o del subinspector general.[9]

La autoridad del comandante de armas cubría todo el distrito de que era cabeza la ciudad, villa o fuerte en el que residía. Tenía funciones especialmente militares, si bien le incumbían también las de policía, tendientes a la conservación del orden, la represión del contrabando, la persecución de desertores, cuatreros y salteadores, el auxilio a los correos y chasquis, entre otras. En el orden militar quedaba, no solo quedaba a cargo la organización, conservación e instrucción de las milicias de la ciudad, también tenían bajo su responsabilidad el acopio de caballos y otros elementos de movilidad, que le fueran solicitados por el superior gobierno, particularmente en caso de guerra. Así como constituían un “elemento de valía para el funcionamiento del mecanismo general”, su desempeño dependía del prestigio del que gozara entre los vecinos, tanto como del conocimiento del terreno, de sus recursos y de los habitantes bajo su responsabilidad (Beverina, 1992: 54-55; Salinas de Vico: 2006: 438).

En la ciudad de San Luis, la jurisdicción del comandante de armas incluía, entre otras, las poblaciones de San Francisco, Desaguadero, Río Quinto, Renca, Saladillo, Piedra Blanca, El Morro y Carolina.

Mapa de Cuyo en el virreinato
Mapa de Cuyo en el virreinato
Mapa de Cuyo en el virreinato

Mapa de Cuyo con los límites aproximados al tiempo de la creación del virreinato del Río de la Plata (Morales Guiñazú, 1936).

En un principio, los comandantes de armas fueron designados en forma interina, mientras desempeñaban otras funciones, ya sea en el Cabildo o en la Subdelegación de Real Hacienda. El primero fue don Lucas Luzero, sargento mayor de esa plaza y alcalde ordinario de primer voto. Este era uno de los dos miembros con que contaba el Cabildo de la ciudad por aquella época y hasta enero 1783 se había desempeñado como teniente de corregidor, justicia mayor y gobernador de armas.[10] Lo sucedió don Juan de Videla,[11] capitán de milicia y juez subdelegado de real hacienda –también interino– quien, a lo largo de 1806 y por enfermedad, sería reemplazado en forma transitoria por don Tomás Baras, capitán de voluntarios, también de origen puntano.[12]

Si bien durante los primeros años el desempeño de estos comandantes de armas pudo desarrollarse sin demasiados conflictos, todo comenzó a cambiar iniciado el siglo XIX. Ya a principios de 1805, en respuesta al requerimiento de hombres para el resguardo de la capital del virreinato, el comandante de armas resolvió sin mayores inconvenientes el envío de un primer contingente de 158 puntanos.[13] No obstante esto, poco tiempo después y ante una nueva solicitud para hacer frente a las consecuencias de la primera invasión británica, el comandante de armas debió enfrentar la resistencia del Cabildo.[14] El principal argumento se fundaba en las necesidades de defensa de la ciudad. Al peligro de ataques indígenas siempre latente se sumaba el acecho de un grupo de salteadores que había escapado de la cárcel de Mendoza.[15] Si bien se había reforzado la guarnición del fuerte de San Lorenzo, para enfrentar un eventual ataque indígena, la solicitud de armas y pólvoras que se había hecho a la ciudad de Mendoza no había podido ser satisfecha.[16] De este modo, con la presión del Cabildo para que se diera prioridad a las necesidades de resguardo de la frontera, quedaba plasmado el conflicto de intereses al que comenzaba a enfrentarse el comandante de armas. Finalmente, sin embargo, resolvió hacer lugar a la orden virreinal de ponerse en marcha cuanto antes, reunir la milicia necesaria y enviar un nuevo contingente en apoyo de las fuerzas de la Capital.[17]

A pocos meses de este entredicho, una nueva resolución de las autoridades porteñas volvió a tensar las relaciones entre el comandante de armas y el Cabildo, en este caso como consecuencia del arribo de un significativo número de prisioneros ingleses.[18] En esta ocasión, y tal como ocurriría en otras jurisdicciones, la corona siguió con la línea trazada mucho tiempo atrás, en orden a promover la radicación de los prisioneros y con ello, el poblamiento de la zona.[19] Desde un principio, se dispuso que, quienes jurasen fidelidad y vasallaje, quedaban libres de establecerse, en lo posible distantes unos de otros y designándose personas que vigilasen su conducta. No obstante la inicial apertura por parte de las autoridades locales, a principios de 1807 y luego de la llegada de una segunda remesa de prisioneros procedentes de Mendoza, el Cabildo de San Luis comenzó a mostrar preocupación. Señalaban no solo la baja predisposición de estos hombres a mantener un trabajo que les asegurase su manutención, sino también la mala influencia que podían ejercer sobre la comunidad por razones de religión (Nuñez, 1980). A ello se sumó la crítica del Cabildo al comandante de armas, por la desidia de los soldados en la custodia de los prisioneros. Al iniciarse el año 1807, a los problemas derivados de las erogaciones propias del mantenimiento de los prisioneros ingleses, se sumaba el temor a una posible sublevación, tal como se había intentado en la ciudad de San Juan. En esta instancia ya había vuelto a tomar el cargo de comandante de armas don Juan de Videla quien, en una suerte de acusación cruzada, no dudó en despertar sospechas sobre una eventual asociación de los ingleses con algunos vecinos y miembros capitulares de la ciudad. El ayuntamiento, por su parte, respondió exigiéndole que individualizara a los vecinos o individuos sospechados, previniéndole que, de ahí en más, toda comunicación sobre los prisioneros y su guardia se establecería con la superioridad (Nuñez, 1980).[20] Con todo, el enfrentamiento no pasó a mayores y en julio de 1807 el virrey Liniers ordenó la total restitución de los prisioneros a la ciudad de Buenos Aires, ya fuera en carretas, caballos, mulas o “en cualesquier otra forma que se les proporcione”.[21]

La alteración de la cadena de mandos y la designación del nuevo comandante de armas

Iniciada la revolución, y a poco de reconocer a la primera junta de gobierno,[22] el Cabildo de San Luis prevenía al comandante de armas que no respondiera a la orden de enviar gente de armas en auxilio del gobernador Intendente para ir contra el gobierno revolucionario. Le advertía, además, que a partir de la decisión de obedecer “ciegamente” a lo dispuesto por la Capital, el comandante de armas quedaba subordinado al Cabildo.[23] Para esas fechas el comandante de armas y subdelegado de real hacienda era el español europeo don José Ximénez Inguanzo, quien recientemente había sucedido a Juan de Videla. En 1782 había sido ministro de la real hacienda y en 1805 se había desempeñado como segundo jefe de los Voluntarios de Caballería.[24] Ya como comandante de armas de San Luis, y pese a las presiones del cuerpo territorial, Ximénez Inguanzo optó por informar de todas formas al gobernador intendente sobre la adhesión del cuerpo capitular a la revolución. En respuesta, la autoridad intendencial reiteró al Cabildo la orden de trasladar, a la ciudad de Córdoba, a toda la gente de armas de la ciudad y su jurisdicción, bajo las órdenes del comandante, responsabilizándolos en sus personas y bienes, por todo daño y perjuicios que pudieran ocasionarle al vecindario.[25] Los miembros del Cabildo puntano, sin embargo, se vieron afianzados en su decisión al recibir noticias de que el ayuntamiento de Mendoza había resuelto, asimismo, resistir las presiones del gobierno cordobés y declarar su adhesión al nuevo gobierno porteño, en unión con el de San Juan, “indisoluble mientras una fuerza superior no la rompa”.[26] En este escenario, el 19 de julio, el Cabildo de San Luis prevenía al gobernador Intendente Gutiérrez de la Concha que, en adelante, lo trataría “como a un enemigo declarado del Estado”.[27]

Mientras tanto, la junta de gobierno porteña desconocía la subordinación del comandante de armas a la autoridad de Córdoba y asumía, de hecho, el control sobre la jurisdicción puntana, al ordenar el relevamiento del comandante de armas don José Ximénez Inguanzo[28] y designar, en su lugar, a don Francisco Vicente Lucero.[29] “Se alteraba así la cadena de mandos y los comandantes quedaban enfrentados a una difícil disyuntiva, planteada entre la insubordinación a sus superiores directos y la opción política que podía resultar desacertada” (Salinas de Vico, 2006: 444).

Luego de sofocada la contrarrevolución en Córdoba, y a pesar de la designación de Juan Martín de Pueyrredón al frente de la gobernación intendencia, el restablecimiento del orden intendencial planteó bastantes dificultades. La designación de las nuevas autoridades para las ciudades cuyanas no siguió un criterio uniforme, si bien en todos los casos generó resistencias y conflictos a su interior (Segreti, 1988:71 a 118).

En el caso de San Luis, la sucesión de Ximénez Inguanzo reveló el incipiente enfrentamiento entre dos facciones al interior de la elite puntana, cuya pugna por el control del territorio se fue acentuando en la medida que se profundizaba el proceso revolucionario. Este era el Cabildo que se había enfrentado al gobernador intendente de Córdoba, jurado obediencia a la junta revolucionaria y elegido al alcalde de primer voto, don Marcelino Poblet, como representante de San Luis en la junta gubernativa (30 de junio de 1810).[30] Bajo su influencia, el Cabildo no solo se opuso a la designación como nuevo comandante de armas a don Francisco Vicente Lucero, aduciendo su falta de experiencia militar. También justificó su decisión de asumir la facultad de elegir su reemplazo.[31] Hacía, con ello, gala implícita de la fórmula del “acato pero no cumplo”, en tanto instrumento jurídico político propio de la cultura jurisdiccional que, tradicionalmente, había sustentado las relaciones entre la monarquía y los súbditos del reino. Resolvía, por consiguiente, asumir la facultad de reasignar el cargo hasta una definición por parte del gobierno central, para lo cual recomendaba al ayudante mayor veterano don Matías Sancho. Sugería, asimismo, nombrar como comandante del Regimiento al capitán del Regimiento de Voluntarios don Juan Basilio Garro, más adecuado para este cargo, debido a su antigüedad.[32] A pesar de esta recomendación y “mejor impuesta del verdadero estado de ese pueblo”, la junta de gobierno resolvió, por el contrario, nombrar a Garro como comandante de armas.[33] De todas formas y a pesar de lo inexplicable de la decisión de contrariar la propuesta del Cabildo, nada quedaría resuelto en forma definitiva. A poco de asumir el cargo, el fallecimiento de Garro y la asunción de Sancho, en carácter de interino, precipitó la necesidad de resolver una nueva designación.[34] Era diciembre de 1810 y la conformación del Cabildo puntano se había modificado en forma sustancial. Don Marcelino Poblet había partido a Buenos Aires y los contrarios a la designación de Sancho habían pasado a formar parte del Cabildo. Entre ellos, el comandante de armas desplazado por el Cabildo anterior, don Francisco Vicente Lucero, y el alcalde de primer voto, el cordobés don Ramón Esteban Ramos,[35] quien contaba con el apoyo del gobernador intendente de Córdoba, don Juan Martín de Pueyrredón. Ante esta nueva coyuntura, el ayuntamiento recibía del gobernador intendente la facultad de intervenir en la elección del nuevo comandante de armas (Nuñez, 1980: 87-88). Con el aval del gobernador intendente y bajo el liderazgo del alcalde de primer voto, el Cabildo nombró en forma interina a Francisco de Paula Luzero.[36] Para el cargo definitivo propuso al capitán de milicias urbanas, don José Lucas Ortiz, pariente del alcalde de primer voto.[37] No obstante el hecho de que la propuesta del Cabildo contaba con el aval del gobernador intendente, a principios de diciembre de 1810 la junta resolvió confirmar como comandante de armas a don Matías Sancho.[38]

Nuevamente, las jurisdicciones de la junta y del gobernador intendente se entrecruzaban en San Luis en torno al control de las armas. Al llegar la confirmación de Matías Sancho, por parte de la junta y, amparado en el apoyo del gobernador intendente, el Cabildo puntano resolvió elevar el conflicto jurisdiccional al gobierno porteño, invocando el descontento de la población.[39] La representación del ayuntamiento llegó a Buenos Aires cuando ya don Marcelino Poblet se había integrado a la Junta Grande, como representante de San Luis. Y su opinión en apoyo de Matías Sancho resultó no solo taxativa sino definitoria. Sancho era tan apto y versado para el cargo, como inexpertos y carentes de pericia los propuestos por un Cabildo que, por influencia de “algunos mal afectos o imprudentes”, había echado a andar sus reclamos.[40]

El conflicto por los reclutas para la capital

Con la confirmación de don Matías Sancho, como comandante de armas de la ciudad de San Luis de Loyola, don Marcelino Poblet se aseguraba un adlátere para la defensa de sus intereses políticos, mientras se encontrara ausente en Buenos Aires. Pero también habían quedado delineadas las dos facciones en pugna. Una de ellas estaba liderada por el propio diputado, a quien apoyaban el comandante Matías Sancho y el cura José Justo Albarracín. La otra facción estaba encabezada por el alcalde de primer voto, don Ramón Esteban Ramos, acompañado por don José Lucas Ortiz y Tomás Baras, con los cuales tenía vínculos comerciales en común (Nuñez, 1980: 90) y por el licenciado Santiago Funes, rival de Poblet en la elección de representantes para la junta. Y, en el centro del conflicto, el envío de refuerzos para el gobierno revolucionario.

En un contexto de apuros y urgencias, ya el 9 de julio de 1810 la Junta había comisionado a don Blas de Videla, un militar con amplia trayectoria en la jurisdicción puntana,[41] para la leva de hombres voluntarios, así como de vagos y desocupados, destinados al refuerzo armado de la capital. Por otra parte, y casi al mismo tiempo, el Cabildo y el comandante de armas habían recibido la orden de alistar un contingente de cincuenta hombres, que debían marchar a la ciudad de Córdoba, con el fin de incorporarse a las fuerzas auxiliadoras.[42] El conflicto surgió cuando este envío sufrió una serie de inconvenientes y demoras[43] y, en su lugar, don Matías Sancho, como comandante de armas interino, ofreció conducir a esos 50 hombres hacia la capital, bajo la comisión de don Buenaventura Martínez.[44] Así planteado, y en un escenario de discordia por la necesidad de confirmar al nuevo comandante de armas, el envío de refuerzos quedó supeditado a la puja entre el Cabildo, que apoyaba a Blas de Videla, y el comandante de armas interino, don Matías Sancho, quien respaldaba a don Buenaventura Martínez.

En enero de 1811, el cura Albarracín escribía al gobierno porteño para denunciar la “arbitrariedad, y despotismo” de un Cabildo que, excediendo su jurisdicción “por tolerancia de los mandatarios, y gobierno antiguo”, acostumbraba entrometerse en asuntos que no eran de su incumbencia.[45] Don Matías Sancho, por su parte, lo acusaba de desconocer la jurisdicción tan propia y directa del jefe militar, dispensándole un trato casi “insultante”.[46] Un poco más tarde, ya hacia fines de enero de 1811, escribía responsabilizando al cabildo por la demora en el envío de los cincuenta hombres que se había comprometido a trasladar a la capital bajo la comisión de Martínez.[47] Mientras tanto, el teniente de voluntarios Blas de Videla ya había partido al frente de un total de doscientos cincuenta hombres, entre vagos y voluntarios. En el primer tramo del trayecto lo había acompañado el alcalde de primer voto, en orden a “facilitar la marcha en cuanto tuviere de parte de esta autoridad”. En su informe al gobierno el alcalde ofrecía sumar nuevos reclutas, hasta reunir la totalidad de unos setecientos u ochocientos hombres. El poder de convocatoria de los vecinos, afirmaba, se sustentaba en “el ascendiente que tiene un paisano, amigo, conocido, y deudo, para con los suyos”.[48]

Para esa altura, el enfrentamiento entre el comandante de armas y el Cabildo había llegado a tal punto que, aun luego de confirmar a Sancho en su puesto, la junta había tenido que intermediar para calmar los ánimos y asegurar la remisión de los hombres que se requerían con urgencia.[49] Consultado el diputado Poblet, reiteraba todo su apoyo al comandante Sancho y echaba gran parte de la culpa del conflicto al licenciado Santiago Funes, recomendando su confinamiento al paraje de la Punta del Agua.[50] A continuación, la junta mandaba al Cabildo a terminar con la “tenaz discordia” que sostenía con el comandante de armas, reconocer su jurisdicción y auxiliarlo en todo lo que necesitaba para la recluta. Asimismo, ordenaba que el confinamiento de Funes se hiciera efectivo, con explícita prohibición de regresar a la ciudad.[51]

La presidencia de la Junta Subalterna

Durante los meses siguientes, y a pesar de las reconvenciones de la Junta, el conflicto entre el comandante de armas y el Cabildo estuvo lejos resolverse, esta vez, como consecuencia de los entredichos en torno a la elección de representantes para integrar la Junta Subalterna. Recordemos que, por decreto del 10 de febrero de 1811, la Junta Grande había establecido la creación de Juntas Provinciales y Subalternas en todo el territorio del ex virreinato. Las Juntas Provinciales funcionarían en las ciudades-cabecera de las gobernaciones intendencias, conformadas con cuatro vocales y presididas por el correspondiente gobernador intendente. Las Juntas Subalternas se establecerían en las ciudades y villas que tuvieran o debieran tener diputados en la junta porteña, reunirían las funciones del subdelegado y del comandante y se compondrían de tres miembros, presididas por el respectivo comandante de armas. Para la elección, las ciudades se debían dividir en, por lo menos, seis cuarteles y los alcaldes de barrio deberían citar a los vecinos a una hora señalada para votar a los electores. Estos luego se congregarían en la sala capitular, para la elección de los vocales. De este modo, mediante un régimen electoral indirecto, el decreto de 1811 separaba el acto eleccionario de la instancia de un Cabildo abierto. A través de la creación de otros gobiernos territoriales y bajo el control de la junta porteña, se apuntaba, decididamente, a limitar la influencia de los ayuntamientos (Ternavasio, 2007 y 2015).

Así como ocurrió en otras jurisdicciones (Levene, 1941; Martin de Codoni, 1974; Paz, 2004; Varela, 2011), el proceso electoral en San Luis estuvo plagado de conflictividad, toda vez que el ayuntamiento no cejaría en su intento de continuar manteniendo el control sobre el mecanismo electoral. Tal fue que el 17 de junio de 1811 la junta gubernativa declaraba la nulidad del acto eleccionario para la conformación de la Junta Subalterna y ordenaba una nueva elección, bajo la presidencia de don Matías Sancho quien, en su carácter de comandante de armas, debía asegurar el orden, la legalidad y pureza de la votación.

Resulta que la nulidad del acto había surgido del mismo parte elevado el 18 de mayo de 1811 por los vocales electos en primera instancia –José Lucas Ortiz y Tomás Baras–. Estos habían mencionado la participación del Cabildo en la votación, lo cual contravenía en forma explícita lo dispuesto en el reglamento del 10 de febrero.[52] Indefectiblemente, en San Luis la Junta Grande había fracasado en la organización de un gobierno territorial que actuara bajo su control, sustrayendo las decisiones políticas a la influencia del Cabildo. En una coyuntura de guerra, ha observado Ternavasio, cuando la provisión de hombres y recursos materiales se hacía imprescindible, el dilema radicaba en mantener la adhesión de ciudades y regiones alejadas al nuevo orden impuesto desde Buenos Aires. Para esa altura, resultaba claro que la provisión de recursos dependía del consenso que la junta pudiera mantener entre las elites locales (Ternavasio, 2007: 51-53). De ahí la recomendación de superar la división de “los ánimos del vecindario” de San Luis,[53] la cual parecía centrarse en torno de quién debía detentar el control militar de la ciudad. En efecto, al momento de informar sobre la elección de los vocales para dicha junta, el comandante de armas Matías Sancho había consultado si de ahí en más el mando de las armas recaería sobre la misma junta, tal como pretendía uno de los vocales, “o si debe ejercerlo él solo como dice le parece por ser militar de profesión y carecer aquellos de toda instrucción”.[54] Al mismo tiempo que, desde Buenos Aires, se aclaraba que el mando de las armas correspondía a la junta, la pregunta daba cuenta de la crisis al interior de la elite local. En este escenario de enfrentamientos facciosos, la elección de José Lucas Ortiz y Tomás Baras como los vocales para la Junta Subalterna había parecido volcar la balanza en favor del Cabildo, en oposición a los intereses de Sancho y del propio Poblet. Pero la suspensión del acto eleccionario había retrotraído toda la cuestión a foja cero. Por tanto, se ordenaba que se nombraran otros electores por cuarteles y se intimaba a que el Alcalde Ramón Esteban Ramos se alejara 20 leguas de la ciudad.[55] Las nuevas elecciones, finalmente, nunca se llevarían a cabo. El comandante de armas decidió suspenderlas en forma momentánea, argumentando varias razones. Por un lado, los vecinos de la campaña ya se habían retirado a sus “casas de campo”, incomodados por los perjuicios sufridos con el atraso en las faenas y caballada. Por otro lado, el Cabildo se había sumido en una “misteriosa inacción”, mientras que el Alcalde Esteban Ramos había desaparecido, según noticias, en viaje a Córdoba en búsqueda de apoyo para su gobierno. Hacia mediados de 1811, por tanto, la puja por el control del territorio en San Luis parecía haber terminado en tablas.[56]

Mientras tanto, habían arribado a San Luis varios miembros de la Sociedad Patriótica, desterrados por resolución de la Junta. Luego de las jornadas del 5 y 6 de abril, algunos habían llegado en tránsito hacia otros destinos y unos pocos, con pasaporte a la ciudad puntana (Tejerina, 2018). Según narra Posadas, al arribar sin ningún tipo de escolta, fue el comandante de armas, don Matías Sancho, quien informó sobre el destino de cada uno, no sin malos entendidos e inopinados cambios de planes. Entre ellos, un caso particular fue el del vocal de la Junta, Nicolás Rodríguez Peña.[57] Si bien en su pasaporte se consignaba que San Luis sería su lugar de confinamiento, al cabo de un tiempo comenzó a recibir ataques de parte del comandante de armas, al punto de obligarlo a salir “para un nuevo e inesperado destierro al distancísimo y miserabilísimo pueblo de indios nombrado Guandacol”.[58] No sería tal vez errado inferir que Rodríguez Peña, expulsado de Buenos Aires por decisión de la Junta Grande, se hubiera involucrado en los conflictos internos de la ciudad. Cabría pensar que, tal como se ha planteado respecto de Mendoza (Martín, 1963), el conflicto entre saavedristas y morenistas se había trasladado a la ciudad puntana.

Entre el conflicto jurisdiccional y la defensa del principio de autogobierno

Poco tiempo después de la suspensión las elecciones para la junta subalterna, la Junta Provincial de Córdoba reconvenía al Cabildo puntano por haberse comunicado directamente con el gobierno porteño y no haber cumplido con el ordenamiento intendencial.[59] El gobernador intendente reclamaba, de este modo, la jurisdicción sobre un territorio en el que intervenía el gobierno central en forma cada vez más directa. Y, en su reclamo, tal vez hayan pesado las gestiones de Ramos, en su búsqueda de respaldo contra la permanencia de don Matías Sancho como comandante de armas.

En agosto de 1811 el alcalde de primer voto, don Ramón Esteban Ramos, se presentaba en Buenos Aires como apoderado del pueblo de San Luis, solicitando la remoción del comandante de armas y del diputado Poblet.[60] Un mes más tarde, ante la falta de respuesta presentaba un oficio en el que reiteraba ante la junta de gobierno su pedido de remoción del comandante de armas, en nombre de un vecindario que, de lo contrario, amenazaba con suspender su apoyo para la guerra.[61] La separación del comandante de armas aparecía como la medida más urgente, así como la más llana, en virtud de las órdenes que oportunamente había dictado el gobernador intendente. Sin embargo, se lamentaba el Cabildo, el propio representante puntano en la junta porteña había intervenido contrariando los intereses de la ciudad. En el reclamo del Cabildo, por tanto, quedaba en claro la tensión jurisdiccional que se había originado entre el gobierno de la intendencia y la junta de gobierno, en torno al control de las armas. Pero, asimismo, aparecía la defensa del principio de autogobierno de los pueblos. En su nombre se solicitaba el cese de la “comisión” de Poblet y, en caso de no atender a los justos reclamos de la parte más sana del pueblo, el Cabildo ponía en duda las posibilidades de cumplir con su rol de mediador frente a la crisis que se podía desatar en un vecindario que no era “tan despreciable en los auxilios, que puede prestar de gentes, caballadas, etc.” y que había “abrazado con tanto anhelo” al sistema vigente. [62] Frente a esta fuerte advertencia, el gobierno intentaría limar asperezas. Por un lado, reconvenía al comandante de armas sobre la necesidad de mantener la mejor armonía con el Cabildo.[63] Por el otro, reconocía los reclamos del pueblo, pero requería tiempo para “meditar con detenido examen las providencias oportunas a cortar tantos males”.[64] Mientras tanto, confería al ayuntamiento la tarea de seleccionar, pagar y remitir a los nuevos reclutas que, en atención a las demandas de los trabajos agrícolas, deberían ser solo “gente voluntaria, e inútil para la agricultura y demás profesiones de necesidad”.[65]

Finalmente, a fines de 1811 y al cabo de un inagotable cruce de acusaciones y alegatos entre el Cabildo y el comandante de armas, don Matías Sancho terminó por solicitar su relevo.[66] En esta ocasión no hubo posibilidad de debatir sobre su reemplazo. Claramente, el primer triunvirato pondría en práctica una nueva estrategia para asegurar el control sobre los cuerpos territoriales. Luego de la disolución de la Junta Conservadora y la expulsión de sus diputados, incluido Poblet,[67] se resolvería el reemplazo de los comandantes de armas por tenientes gobernadores, con mando de tropa.[68] Esta constituía una medida centralizadora, que buscaba la instalación de emisarios del gobierno porteño, que articularan con los cuerpos territoriales, asegurando la movilización de los recursos.[69] Es por ello que, si bien Matías Sancho había sugerido que, para evitar cualquier interferencia del Cabildo, su reemplazo debería ser originario de la capital,[70] el gobierno, por el contrario, terminaría designando al puntano, don José Lucas Ortiz.[71]

Tal como han observado los historiadores locales (Genini, 2016; Nuñez, 1980), la designación de José Lucas Ortiz, fue percibida dentro de la jurisdicción como un avance en la posibilidad de sostener un mayor grado de autonomía política, tanto frente al gobierno central que lo había designado, como frente al gobernador intendente. No obstante esto, también su nombramiento era funcional a la necesidad política de los porteños de asegurarse la gobernabilidad del territorio, a través de una figura que pudiera sostener un orden favorable al proceso revolucionario local. Enemigo declarado del ex diputado Poblet, una vez instalado en la tenencia gobernación, sería el encargado de hacer efectivo su confinamiento.[72]

Consideraciones finales

Hemos visto cómo, hacia fines de 1811, la crisis en torno al comandante de armas en la ciudad de San Luis de Loyola hundía sus raíces en la tradicional defensa del principio de autogobierno. Desde las invasiones inglesas, y en la medida en que las autoridades centrales habían incrementado sus requerimientos en hombres y auxilios para la guerra, la presión sobre el comandante de armas se había instalado en forma definitiva. Al inicio del proceso revolucionario, y expuesto a las comunicaciones y órdenes cruzadas entre las autoridades en pugna, su situación se había tornado especialmente confusa. Lo que en un principio se había planteado en términos de prioridades para la defensa, fue transformándose en una puja por el control del territorio. Y así, la disputa en torno al comandante de armas se trasladó al interior del propio grupo de poder puntano, en espejo con el enfrentamiento entre saavedristas y morenistas, resultado de la tensión propia del avance del poder revolucionario porteño sobre el cuerpo territorial y, aun, por encima del gobernador intendente. Será a principios de 1820, como consecuencia de la disolución del gobierno central, que el ayuntamiento local logre el ansiado control de las armas en su jurisdicción. Bajo el título de Cabildo gobernador, y en un resuelto avance de la patria criolla por sobre la noción de plaza militar, decidió volver a instalar la figura del comandante de armas, en este caso bajo su directa dependencia.[73]

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Notas

[1] Una versión preliminar de este trabajo fue presentado en la X Reunión Anual del Comité Académico de Historia, Regiones y Fronteras de la Asociación de Universidades del Grupo Montevideo (CAHRyF – AUGM), Valparaíso, Chile, 24 a 26 de abril de 1819. Agradezco los comentarios recibidos.
[2] Según esta perspectiva, las guerras de las revoluciones que se abrieron con la crisis de la monarquía hispánica deben ser entendidas como guerras civiles que perduraron hasta más allá de la década de 1820 (Fradkin, 2010b).
[3] Encontramos que las investigaciones sobre los comandantes de armas durante la época que nos ocupa son relativamente escasas. Junto al trabajo de Salinas de Vico (2006) se pueden consultar aquellos que refieren a la acción contrarrevolucionaria del comandante de armas de Mendoza, don Faustino Ansay, aunque la mayor parte lo hace en forma tangencial, (García De Floël, 1997; Ramírez, 2012; Reitano, 2011).
[4] Según Rabinovich, la lucha por el “monopolio del uso legítimo de la fuerza” entre los sucesivos gobiernos centrales y los cuerpos locales, se extendió a lo largo de todo el “siglo de la guerra” (1760/1770 a 1880/1890) (Rabinovich, 2019:17). Para el rol de las ciudades y de los grupos de poder locales en el proceso de construcción de un nuevo orden ver, entre otros, Ayrolo (2012 y 2016); López (2013); Mata (2017); Molina (2010); Tío Vallejo (2016); Paz (2010); Verdó (2002 y 2007).
[5] No olvidemos que, con la fundación de villas y ciudades en la época colonial, la población se había reducido en corporaciones, estructuradas como repúblicas capacitadas para el autogobierno, en las cuales los ámbitos municipales se habían constituido como territorios sujetos a esa comunidad, fundados en privilegio y con jurisdicción ordinaria, sedes de la vida política, e identificados con la posición de los poderes locales. (Agüero, 2018).
[6] Lamentablemente, parte de las actas del Cabildo de San Luis correspondientes a la década de 1810 que interesan para nuestro trabajo se encuentran extraviadas. Los originales se ubican en el Archivo Histórico de la Provincia de San Luis [AHPSL], ordenadas y catalogadas durante la gestión del historiador Urbano J. Nuñez. En la actualidad han sido digitalizadas y se encuentran disponibles en http://www.archivohistorico.sanluis.gov.ar. En todos los casos la grafía ha sido actualizada.
[7] Hasta ese momento las ciudades habían formado parte del Corregimiento de Cuyo, con cabecera en Mendoza y bajo la jurisdicción de la Capitanía General de Chile y de la Real Audiencia, con asiento en Santiago. Cada ciudad contaba con la autoridad de un teniente corregidor que era nombrado por el corregidor con sede en Mendoza y la aprobación del Cabildo local. (Salinas de Vico, 2006: 425)
[8] En reemplazo de los oficiales reales, las funciones de hacienda quedaban a cargo de un teniente ministro; la justicia y la policía recaerían en los alcaldes ordinarios y las causas de hacienda y guerra, en un subdelegado de hacienda y guerra, aunque sin mando de tropa. El subdelegado era nombrado por el gobernador intendente y no podía acumular los cargos que le permitieran concentrar la administración de justicia, como en el caso de los alcaldes ordinarios, o el control de sus propias funciones, como en el de ministros o administradores (Salinas de Vico, 2006: 430).
[9] El comandante de fronteras tenía a su cargo la vigilancia de la línea con los indios. Para ello y por falta de tropas fijas en Cuyo, debía recurrir al empleo de milicias.
[10] Ver las actas del Cabildo de San Luis del 15 de enero de 1783 y del 1 de enero de 1785, en Actas del Cabildo de San Luis, Tomo II, (1983). Buenos Aires, Academia Nacional De La Historia [ANH], p. 200.
[11] Acta del Cabildo de San Luis del 20 de agosto de 1796, en Actas, cit., p. 332. El 23 de junio de 1794 ya Juan de Videla se dirigía a Sobremonte como comandante de armas, con la propuesta de fundar una población que, en 1797, se convertiría en la villa de Merlo (Nuñez, 1980: 66).
[12] Según consigna María Graciela Mulhall (2003), don Tomás Baras era de origen puntano, Capitán de Voluntarios que, en distintos momentos, formó parte del Cabildo. Luego de su desempeño como comandante de armas interino durante el año 1806, en distintas oportunidades contribuyó con dinero a la causa revolucionaria. Más adelante fue reconocido por encargarse en setiembre de 1812 de conducir a Buenos Aires, a los 111 voluntarios de La Punta con destino al ejército de granaderos a caballo, conducidos por el general San Martín.
[13] El 4 de abril de 1805 había llegado la comunicación de que el virrey Sobremonte había ordenado aprontar una compañía de ciento cincuenta hombres del Regimiento de Voluntarios de Caballería de San Luis para que se dirigiese a colaborar en el resguardo de la ciudad de Buenos Aires. En AHPSL, carpeta 9, doc. núm. 1473.
[14] En otras jurisdicciones, como la de Tucumán, la respuesta favorable del Cabildo a los requerimientos de Buenos Aires ha sido interpretada como una estrategia para fortalecer su posición relativa respecto de la capital de intendencia de Salta de Tucumán (Lupiañez, 2018).
[15] Con fecha 12 de julio 1806, el Cabildo se dirigía al comandante de armas, diciéndole que “sin embargo de las necesidades de la Capital del virreinato, hacían presente el desamparo en que queda nuestra ciudad, y por lo mismo del todo expuesta y próxima al peligro de ser invadida por los indios que en la actualidad se hallan dispersos en esta y su jurisdicción, con claros conocimientos de la extracción de armas y de vecinos que se hace en la presente expedición. A más de esto, se halla amenazada dicha ciudad por el salteador Patricio Ríos, quién acompañado de otros varios, escaló la cárcel de Mendoza y asaltó a deshoras esta, poniendo en libertad a todos los reos que en ella había, con el objeto de ejecutar sus venganzas” (citado en Nuñez, 1980: 67).
[16] Si bien en marzo de 1806 se solicitaba la remisión de pedreros, sables y pólvora, en abril llegaba la noticia de que Mendoza no estaba en condiciones de concretar el envío. En AHPSL, carpeta 10, documentos núm. 1554 y 1558. Para la misma fecha se recibía la orden de enviar una guarnición de 30 hombres al fuerte de San Lorenzo. En AHPSL, carpeta 10, documentos núm. 1555.
[17] Orden del 7 de julio de 1806. En AHPSL, carpeta 10, documento núm. 1566.
[18] Según Ramón Balcarce, comandante de la escolta de los 500 prisioneros ingleses que el virrey Marqués de Sobremonte ordenó internar desde Buenos en septiembre de 1806, 50 debían ser conducidos a San Luis, otros 50 a la Carlota, 100 a Santiago y los restantes 200 a Tucumán. Informe de Juan Ramón Balcarce al Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento de la ciudad de Tucumán, 1 de noviembre de 1806. Transcripto en Larrouy (1910: 21). En enero del año 1807 habrían conducido unos cuarenta más, que provenían de Mendoza, por no querer mantenerlos en su jurisdicción (Nuñez, 1980: 68-69).
[19] El recurso de internar a grupos de individuos o familias al interior del territorio había sido muy utilizado a lo largo del siglo XVIII, generalmente en épocas de conflicto, con distintos fines y diferente impacto, sobre todo en términos de establecimiento de extranjeros con miras de poblamiento en territorio español (Tejerina, 2012: 49-78).
[20] Para la misma época y ante la posibilidad de perder la capital como consecuencia de la segunda invasión inglesa, en la Gobernación Intendencia de Salta del Tucumán se llevaron adelante una serie de providencias para impedir cualquier eventual comunicación entre los prisioneros ingleses que se hallaban en Catamarca y los de Tucumán. También se observó la necesidad de alejar más a los que se encontraban en Catamarca, por su proximidad a Tucumán, Santiago y Córdoba. Comunicación del Cabildo de Tucumán al gobernador Intendente, 10 de julio de 1807. Transcripto en Larrouy (1910: 111-112). Para esta situación en la gobernación intendencia de Córdoba, ver también el trabajo de Ramos (2017)
[21] “Providencia del Superior Gobierno y Capitanía General de Buenos Aires, firmada por Santiago de Liniers el 10 de julio de 1807”. Transcripto en Larrouy (1910: 100).
[22] El Cabildo de San Luis fue el primero en reconocer a la primera Junta Provisional formada el 25 de mayo de 1810. El jueves 28 de junio se publicaba en La Gaceta de Buenos Aires el oficio que el Cabildo de San Luis había remitido unos días antes a la junta recientemente creada. En dicho oficio se acusaba recibo de la circular del pasado 27 y se comunicaba “…la más sumisa y ciega obediencia con la que desde luego acudirá gustoso a ejecutar los preceptos que se digne imponerle”. Oficio del Cabildo de San Luis, publicado el 28 de julio de 1810, en Gaceta de Buenos Aires (1810-1821), Tomo I, (1910). Buenos Aires: Junta de Historia y Numismática Americana, Compañía Sud-Americana de billetes de Banco.
[23] “… esperamos que Vrmd. No contribuya con el más mínimo auxilio para esos casos sin anuencia nuestra, y con la armonía que corresponde a un buen Patriota en obsequio de la tranquilidad Pública, advertido que de lo contrario tomará este ayuntamiento con su vecindario las más serias providencias”. Oficio del Cabildo de San Luis del 1 de julio de 1810. Transcripto en Fernández Olguín (1926: 57-58).
[24] En esa oportunidad lo habían acompañados el ayudante mayor veterano Matías Sancho, el capitán Francisco de Paula Lucero, el teniente Blas de Videla y el alférez Luis Gonzaga de Videla (Nuñez, 1980).
[25] Oficio de Juan Gutiérrez de la Concha al Cabildo de San Luis, 10 de julio de 1810. Transcripto en Fernández Olguín (1926: 58-59).
[26] Oficio del Cabildo de Mendoza, 13 de julio de 1810. Transcripto en Fernández Olguín (1926: 59-60). Según Segreti, el pacto de unión y fraternidad impulsado por el Cabildo de San Luis para mantener las ciudades cuyanas bajo dependencia de Buenos Aires, en tanto pacto entre pueblos abrió la serie de pactos de unión en la historia argentina (Segreti, 1988: 88).
[27] Oficio del Cabildo de San Luis al gobernador intendente Gutiérrez de la Concha, 19 de julio de 1810. Transcripto en Fernández Olguín (1926: 51-62).
[28] Ante esta orden, Ximénez Inguanzo resolvió fugar a Córdoba, donde finalmente cayó prisionero, para luego ser remitido a Buenos Aires (Zinny, 1987: 437).
[29] Julio de 1810. En Archivo General De La Nación [AGN] X 2-3-1.
[30] En 1810 el Cabildo de San Luis estaba conformado por Marcelino Poblet, alcalde de primer voto; Agustín Palma, alcalde de segundo voto; Alejandro de Quiroga, regidor alguacil mayor; Gerónimo de Quiroga, regidor alférez real; Nicolás Guiñazú, regidor defensor de menores; Licenciado Santiago Funes, regidor defensor de pobres; Esteban Fernández, procurador general de la ciudad; regidor llano don José Romualdo Ortiz. Según el acto eleccionario del 30 de junio de 1810, veinte votos fueron para don Marcelino Poblet, diez para el Licenciado Santiago Funes y siete para don Nicolás Guiñazú. Don Marcelino Poblet era hombre originario de San Luis, relacionado al trabajo minero y a la ganadería, con amplia trayectoria en la milicia y participación en el Cabildo (Nuñez, 1980: 84 a 85).
[31] “Y como don Francisco Vicente Lucero, a quien V. E. ordena se recibiese de dicho empleo, sin embargo de ser hombre bueno, no tiene la más mínima práctica en el mando de armas ni menos ha servido en tiempo alguno la milicia, nos pareció acertado consultarlo con dicho Lucero, haciéndole presente que acaso V. E. le habría despachado aquel título por equivocación, y que poniéndole en posesión de él resultaría quejosos y desavenidos los capitanes y demás oficiales del cuerpo que hasta aquí nos eran adictos y a quienes por escala nos parece les corresponde. En esta virtud, hecho cargo de la razón el citado Lucero, cedió gustosamente su facultad conferida en este Ayuntamiento, firmando este acuerdo con los capitulares, para que la depositase en el capitán más benemérito, inter se daba cuenta a V. E. para su deliberación.” Nota del Cabildo de San Luis a la Junta, 17 de julio de 1810. AGN X 2-3-1.
[32] Nota del Cabildo de San Luis a la Junta, 17 de julio de 1810. AGN X 2-3-1.Juan Basilio Garro había sido uno de los Oficiales que había acompañado a Blas de Videla en la conducción de los reclutas puntanos que, en 1806, fueron a Bs. As. a combatir a los invasores ingleses (Mulhall, 2003)
[33] Se esperaba que, con todo celo, contribuyera al envío de la mayor cantidad posible de reclutas a Buenos Aires, “pues el interés general del estado exige la formación de una fuerza respetable en esta ciudad”. Oficio de la Junta al Cabildo de San Luis, 19 de julio de 1810, AGN, X 2-3-1.
[34] Don Matías Sancho da parte de haber fallecido el comandante de armas, don Juan Basilio Garro, cuyo mando trasladó en él y ofreciéndose á seguir con energía, aguarda la resolución superior. San Luis, 20 de noviembre de 1810. AGN X 2-3-1.
[35] Ramón Esteban Ramos, alcalde de primer voto; Fernando Lucero, alcalde de segundo voto; Lorenzo Leániz, regidor llano; José Narciso Domínguez, Regidor Alférez real; Manuel Herrera, defensor de pobres; Juan Sosa, defensor de menores; Tomás Luis Osorio, alguacil mayor; Francisco Vicente Lucero, procurador.
[36] El resentimiento de Esteban Ramos hacia Matías Sancho venía de lejos, relacionado con la recluta de soldados durante las invasiones inglesas (Caillet Bois, 1961:125). Francisco de Paula Lucero había sido uno de los oficiales que, junto a Florencio Terrada, Dolores de Videla, Juan Alejo Daract, Juan Basilio Garro, Rafael Wilckes O.Connors y Luis de Videla, en el año 1806 había conducido a los doscientos hombres de San Luis hacia Buenos Aires para contribuir en la defensa de la ciudad durante las invasiones inglesas (Mulhall, 2003).
[37] Nota del ayuntamiento de San Luis al gobernador intendente, San Luis, 19 de diciembre de 1810. Citado en Nuñez (1980: 88). José Lucas Ortiz era un influyente hacendado del Valle de Conlara y contaba con un fuerte apoyo económico y militar. (Genini, 2016:148-171). Había formado parte del Cabildo como alcalde de segundo voto en 1804 y de primer voto un año después (Mulhall, 2003).Según información provista por Matías Sancho, estaba emparentado con la mujer del alcalde de primer voto, don Ramón Esteban Ramos. Renuncia de Matías a la comandancia de armas, San Luis, 30 de diciembre de 1811. AGN 3-6-5, doc. 59.
[38] El 7 de diciembre de 1810 la junta de gobierno le habría extendido sus despachos de comandante de armas (Nuñez, 1980: 88).
[39] El 27 de diciembre de 1810 el Cabildo de San Luis informaba sobre el descontento de la población por el nombramiento de don Matías Sancho como comandante de armas. AGN X 2-3-1.
[40] Informe de Marcelino Poblet a la Junta, del 8 de enero de 1811. Citado en Nuñez (1980: 88).
[41] Ver el oficio del Cabildo de San Luis a la Junta de Buenos Aires. San Luis, 19 de Enero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 5 Blas de Videla había sido el encargado en 1805 de conducir a Buenos Aires, los soldados puntanos que lucharon en las Invasiones Inglesas y actuó en todos los combates. El 1º de julio de 1810, ya con el grado de Capitán, apoyó, con las fuerzas a su mando, el Cabildo que reconoció a la Junta de Buenos Aires, a la que se trasladó con un contingente de 225 hombres que él mismo había preparado y disciplinado. (Mulhall, 2003: 149)
[42] Ver el oficio de Matías Sancho a la Junta Gubernativa. San Luis, 25 de enero de 1811. AGN 3-6-5, doc. 6
[43] Según el comandante de armas Garro, los animales reunidos para encabalgar a los voluntarios habían sido afectados por un temporal de agua y granizo, que duró cuatro días, y una nevada que se prolongó durante una semana. (Nuñez, 1980)
[44] El envío de esos 50 hombres a la capital fue aprobado por la Junta el 24 de diciembre de 2010. Ver el Oficio de Matías Sancho a la Junta de Buenos Aires, San Luis, 25 de enero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 6. El capitán Buenaventura Martínez había formado parte del Cabildo abierto de San Luis, del el 30 de junio de 1810 (Nuñez, p. 80).
[45] Proponía, por tanto, “como medio arreglado a cimentar la uniformidad, y cortar las competencias, se retire al Cabildo todo conocimiento de la gente de recluta, quedando los comisionados sujetos en todo a la comandancia, mandándose al Cabildo sea más modixerado [sic], y político sin mezclarse en asuntos incompatibles…”. Oficio reservado del Cura de San Luis José Justo de Albarracín a la Junta de Buenos Aires. San Luis, 15 de Enero de 1811.AGN X 3-6-5, doc. 2
[46] Oficio de Matías Sancho a la Junta de Buenos Aires, San Luis, 17 de Enero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 3
[47] Oficio de Matías Sancho a la Junta de Buenos Aires, San Luis, 25 de enero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 6.
[48] Oficio del Cabildo de San Luis a la Junta de Buenos Aires. San Luis, 19 de Enero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 5.
[49] Oficio de la junta al comandante de armas de San Luis, Matías Sancho, Buenos Aires, 10 de Enero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 1.
[50] Nota del diputado don Marcelino Poblet, en respuesta a la consulta de la junta. Buenos Aires, 29 de enero de 1811.AGN X 3-6-5, doc. 3.
[51] Resolución de la junta, Buenos Aires, 16 de febrero de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 12.
[52] Ver los documentos relativos a la instalación de la Junta Subalterna en San Luis, en Ravignani (1939: 39- 40)
[53] Comunicación de la Junta Gubernativa al Cabildo y al comandante de armas de San Luis, 31 de julio de 1811, en Ravignani (1939:40).
[54] Consulta del comandante de armas a la Junta Gubernativa, 22 de mayo de 1811, en Ravignani (1939: 40).
[55] Contestación de la junta a la consulta del 18 de mayo de 1811, en Ravignani (1939: 40).
[56] El 31 de julio y “hasta la resolución de las ocurrencias que han dividido los ánimos de ese vecindario”, la Junta Gubernativa informaba su respaldo a la suspensión de la elección y un mes más tarde confirmaba su disolución. Ver la comunicación de la Junta Gubernativa al Cabildo y al comandante de armas de San Luis, 31 de julio de 1811, en Ravignani (1939: 40) y la nota referida a la disolución de la Junta Subalterna, Buenos Aires, 16 de agosto de 1811, en AHSL, carpeta núm. 13, documento núm. 1858.
[57] Según informaba el comandante de armas a la Junta Subalterna de San Luis, Rodríguez Peña había arribado a la ciudad puntana el 6 de mayo de 1811. San Luis, 18 de mayo de 1811, AGN X 3-6-5, doc. 21.
[58] “Autobiografía de Gervasio Antonio Posadas”, en Senado de la Nación (1960:1417-1418). A principios de 1811, Sancho informaba a la Junta que ya había cumplido con la orden de trasladar a Rodríguez Peña hasta Guandacol. San Luis, 9 de julio de 1811. AGN X 3-6-5.
[59] Que “los ocursos que ese vecindario dividido tiene hechos a S. E. debieron haberse dirigido por medio de este Gobierno, con quien primeramente debieron entenderse, según el orden prevenido por las leyes y dependencias de esa ciudad a esta capital”. Citado en Nuñez (1980: 91).
[60] Minuta y testimonio de Ramón Esteban Ramos, Buen Aires, 31 de Agosto de 1811, en AGN X 3-6-5, doc. 37.
[61] “La decisiva resolución con que el vecindario se profiere diciendo que si no se le oye en tan justas solicitudes y en particular en la deposición de este comandante, no obedecerán bajar a la ciudad sino que formarán su plaza de armas en la jurisdicción y allí se entenderán en dirección con V. E., estrecha a este fiel y leal ayuntamiento a implorar de nuevo la integridad de V.E. para en fuerza de las facultades y autoridades que reside en V. E. (sin perjuicio de las diligencias que haya practicado el apoderado) se digne tomar las providencias más conducente y eficaces para restablecer a este pueblo a su antigua tranquilidad y quietud.” Oficio del Cabildo de San Luis, San Luis, 17 de septiembre de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 38. Transcripto en Levene (1940: 283-284).
[62] “Esta [la comisión] según la voluntad general del Pueblo nos parece ha cesado desde el acto en que se manifestó revocando los Poderes dados, y pidiendo decididamente, su remoción, bajo cuyo principio, y el de la autoridad, que reside en los Pueblos, según los principios en que se cimenta la Instalación de nuestro Gobierno actual (…)”.Oficio del Cabildo de San Luis, San Luis, 17 de septiembre de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 38. Transcripto en Levene (1940: 284)
[63] Oficio dirigido al comandante Matías Sancho, Buenos Aires, 16 de Octubre de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 45.
[64] Oficio dirigido al Cabildo de San Luis, 16 de octubre de 1811, Buenos Aires, 16 de octubre de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 46.
[65] Oficio dirigido al Cabildo de San Luis, Buenos Aires, 16 de octubre de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 43.
[66] Renuncia de Matías Sancho a la comandancia de armas, San Luis, 30 de diciembre de 1811. AGN X 3-6-5, doc. 60.
[67] Oficio del Primer Triunvirato, 16 de noviembre de 1811, en “Suplemento a La Gaceta”, 17 de diciembre de 1811, en Gaceta de Buenos Aires (1810-1821), Tomo III (1911: 57-58). Buenos Aires: Junta de Historia y Numismática Americana, Compañía Sud-Americana de billetes de Banco.
[68] El nombramiento de tenientes gobernadores para las subdelegaciones fue decidido por el primer triunvirato, luego de la derogación del decreto de la Junta Grande, del 10 de febrero de 1811, que había ordenado la creación de Juntas Provinciales y Juntas Subalternas en todas las ciudades del ex virreinato.
[69] Si bien se ha señalado que, con esta medida, se reinstalaban los tenientes de gobernador suprimidos por la Ordenanza de 1782 (Salinas de Vico, 2006: 452), Segreti ha observado la particular diferencia entre la figura del teniente de gobernador respecto del teniente gobernador, no solo en la ausencia por la partícula “de” en la denominación del cargo, sino fundamentalmente por su relación más directa con el gobierno central, aunque se mantuviera cierta dependencia del gobierno intendencial, reducida a una mínima expresión. (Segreti, 1988: 71 a 119).
[70] Ver la renuncia de Matías a la comandancia de armas, San Luis, 30 de diciembre de 1811. AGN 3-6-5, doc. 59.
[71] Con fecha 18 de febrero de 1812, el comandante de armas, don Matías Sancho, recibía la orden de entregar el mando al teniente gobernador y luego pasar a la capital. Ver nota de Matías Sancho, San Luis, 9 de marzo de 1812. AGN X 5-8-5.Según informe del Cabildo, el nuevo teniente gobernador había sido puesto en posesión del mando el 1 día de marzo. San Luis, 5 de marzo de 1812. AGN X 5-8-5.
[72] Por decisión del Cabildo, Poblet fue confinado a su hacienda del Tala. Acta del Cabildo de San Luis, 1 de marzo de 1812, en AHSL, “Actas capitulares de San Luis”, cit.
[73] Acta del Cabildo Gobernador de San Luis, 26 de febrero de 1820. AGN X 5-8-5
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