Artículos libres

Revisitando el proceso de formación del Estado federal. Articulaciones y tensiones en la perspectiva de los actores socio institucionales del sur cordobés (1852-1861)

Revisiting the formation process of the federal State. Articulations and tensions from the perspective of socio-institutional actors of southern Cordoba (1852-1861)

Celia Cristina Basconzuelo
Instituto de Investigaciones Sociales, Territoriales y Educativas Universidad Nacional de Río Cuarto Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas , Argentina

Avances del Cesor

Universidad Nacional de Rosario, Argentina

ISSN: 1514-3899

ISSN-e: 2422-6580

Periodicidad: Semestral

vol. 19, núm. 26, 2022

revistaavancesdelcesor@ishir-conicet.gov.ar

Recepción: 24 Octubre 2021

Aprobación: 24 Diciembre 2021

Publicación: 05 Junio 2022



DOI: https://doi.org/10.35305/ac.v19i26.1621

Resumen: Este artículo aporta a un mayor conocimiento de la construcción del Estado federal durante los años 1852 a 1861, a partir del análisis sobre el desempeño de actores sociales y agentes estatales en el sur de la provincia de Córdoba, un espacio que comprendía el departamento Río Cuarto y la frontera interior. Es de interés para este trabajo resignificar el rol articulador de los actores socio-institucionales actuantes en el espacio sureño cordobés y considerar las tensiones que allí se desencadenaron, a la luz de la correspondencia oficial. Se focaliza en las prácticas desarrolladas por autoridades civiles y militares, en su papel de intermediarios en una dinámica que requería de sujetos activos que vehiculizaran, proyectaran y materializaran en las sociedades donde se desenvolvían, la presencia estatal. El análisis se ocupa de las acciones y discursos que confirmaban esa articulación y de las que revelaban los conflictos para demostrar cómo desde el sur cordobés se reaccionaba frente a los nudos críticos que supuso la construcción estatal en la etapa de la Confederación Argentina.

Palabras clave: Córdoba, Río Cuarto, actores, Estado.

Abstract: This article contributes to a greater knowledge of the construction of the federal State during the years 1852 to 1861, based on the analysis of the performance of social actors and state agents in the south of the province of Córdoba, a space that included the Río Cuarto department, and its internal border. It is of interest for this work to resignify the articulating role of the socio-institutional actors acting in the southern area of ​​Cordoba and to consider the tensions that were unleashed there, in the light of the official correspondence. It focuses on the practices developed by civil and military authorities, in their role as intermediaries in a dynamic that required active subjects to convey, project and materialize the state presence. The analysis deals with both the actions and speeches that proved this articulation and those that revealed the conflicts, all of this to show how the south of Cordoba reacted to the critical knots that state construction entailed in the Argentine Confederation stage.

Keywords: Córdoba, Río Cuarto, actors, State.

Introducción

La construcción del Estado Nación ha sido uno de los debates historiográficos que en los años ochenta y noventa orientaron los trabajos señeros abocados a sus dimensiones teóricas e históricas.[1] A medida que el interés por estudiar ese proceso recaló en la óptica de quienes realizaban abordajes provincianos se puso en discusión la visión unidireccional que suponía la subordinación progresiva de las periferias al centro estatal para destacar, en cambio, la relevancia de los matices locales. Así, una amplia bibliografía producida y renovada en las últimas cuatro décadas revelaron la complejidad del tema. Colocaron en primer plano a las elites regionales con sus estrategias en la disputa de poder (Bonaudo y Campi, 1999; Bonaudo, 1999; Sabato y Lettieri, 2003; Sabato y Ternavasio, 2020); a las elites políticas integrando los elencos nacionales (Lanteri, 2015) y a las dirigencias intermedias en medio de los acuerdos y negociaciones que involucraban a los gobiernos provinciales mientras se construía la república federal (Bragoni y Míguez, 2010; Cucchi y Lanteri, 2021).

Algunas de esas producciones volvían la mirada sobre aquellos años 1852 a 1861 cuando transcurrió la experiencia de la “Confederación Argentina”, recuperando el trazado de una arquitectura de instituciones estatales con participación de las elites provinciales (Lanteri, 2013); la organización del espacio donde asentó el gobierno federal (Dócola, 2017) y los conflictos bélicos con sus impactos económicos que agravaron tanto las finanzas confederales como también incidieron en las porteñas (Garavaglia, 2013 y 2015). A la par de esa dimensión político territorial se ha insistido en la fragilidad económica y el endeble aparato rentístico sobre el cual se asentaron las finanzas del Estado federal, una situación acrecentada por las limitaciones para acceder a los mercados financieros internacionales (Scobie, 1964; Bosch, 2000; Cortés Conde, 2000; Díaz Araujo, 2000).

Entre todas esas cuestiones cabe detenerse en el rol que cumplieron los agentes estatales en los espacios interioranos y el problema de sostener la frontera mientras se materializaba el Estado federal. El sur cordobés, donde el principal espacio de referencia era el departamento Río Cuarto, participó de ese desafío; sin embargo, el tema no ha merecido todavía una investigación en profundidad que resalte precisamente el acompañamiento de los actores de esa escala y las tensiones manifiestas mientras el proceso estatal avanzaba y se desarrollaba bajo una dinámica no exenta de complicaciones diversas.

En atención a ello, el objetivo del trabajo consiste en resignificar el rol articulador de los actores socio-institucionales actuantes en el espacio sureño cordobés y considerar las tensiones que allí se desencadenaron. En este sentido, se problematiza el papel de las autoridades civiles y militares en un plano de la acción que significaba, por un parte, aplicar y difundir en la campaña y frontera sur un conjunto de normativas acordadas en la órbita estatal -federal y provincial- y, por la otra, elevar a conocimiento del gobierno superior las preocupaciones locales, resaltando particularmente las dificultades que advertían y transmitían a través de sus informes periódicos.

En efecto, en el marco del Departamento Río Cuarto, con la Villa de la Concepción como principal núcleo poblacional y con el límite de la frontera sur sobre el río Cuarto, varios actores socio-institucionales oficiaron de intermediarios en una dinámica que requería de sujetos activos en la tarea de vehiculizar y materializar la presencia estatal en las sociedades donde se desenvolvían. Sin embargo, esa demanda reveló algunas dificultades para ser plenamente cumplimentada en el espacio de estudio elegido.

¿Cuáles fueron esos agentes estatales más activos en la vinculación entre el Estado federal y la campaña sur de Córdoba? ¿Qué nexos sostenían con los sectores económicos dinámicos de la región? ¿Qué prácticas y mecanismos resultaron funcionales a dicha articulación? ¿Qué tensiones, acuerdos y disensos se hicieron manifiestos?

El espacio de estudio es la campaña sur cordobesa, comprendida dentro de los límites del entonces departamento Río Cuarto cuya extensión era de 74.532 km., de acuerdo con las cifras del censo nacional de 1869. Allí destacaban algunas poblaciones importantes. La principal era la Villa de la Concepción del Río Cuarto (fundada en 1786), cabecera del departamento homónimo, sede de la comandancia de frontera, asiento de la institución municipal desde 1858 y ciudad desde 1875. En sus proximidades estaba la frontera, un espacio que el Estado federal disputaba con las comunidades ranquelinas bajo una dinámica de acuerdos y conflictos.

El estudio focalizado en funcionarios actuantes en las unidades administrativas desagregadas al interior de la provincia, refuerza así una línea de trabajo común con otras investigaciones contemporáneas. La relevancia particular de este trabajo es ocuparse simultáneamente de una escala -el departamento y la frontera sur- que no ha despertado recientemente interés para indagar allí en qué medida los funcionarios civiles y actores militares respondían a lo esperado por las elites gobernantes en Córdoba y Paraná, mientras por su parte respondían con acciones o bien denunciaban situaciones que reflejaban no solo la complejidad propia de dicha escala sino también los desafíos de un Estado federal en construcción. Asimismo, se realiza un aporte conceptual a la noción de actores socio-institucionales, sentando algunas dimensiones preliminares que contribuyen a su formulación.

El trabajo se desarrolla a lo largo de cinco apartados. Inicialmente, se explicitan los lineamientos conceptuales del tema y las herramientas metodológicas, con una indicación de las fuentes analizadas. Seguidamente, se estudia el accionar de la dirigencia cordobesa cuando emprendió la tarea de renovar los plexos normativos, a la vez que se especifican los consensos y disensos mientras se daba curso a la organización estatal provinciana. El tercer apartado centra en el reclutamiento social de los hombres que ocuparon cargos en la gestión administrativa de la campaña sur y en el mantenimiento de la frontera; se caracteriza brevemente el entorno social, las condiciones económicas de la región y se destaca la vinculación de esos funcionarios con dicho escenario, además de su representación institucional. En cuarto lugar, se focaliza en el conjunto de prácticas que desde el sur cordobés acompañaban el armado institucional del Estado federal. Finalmente, se identifican las tensiones que atravesaron las áreas de gestión civil y militar en ese recóndito espacio perteneciente a los bordes de la pampa húmeda.

Aproximaciones conceptuales y consideraciones metodológicas

Es preciso en este punto esclarecer los conceptos clave de la investigación, aunque se trata de un esquema todavía en desarrollo. El primero de los términos es “actores socio-institucionales”. Al respecto, en este trabajo se propone tal definición para analizar tanto a los actores individuales como colectivos ¿Cómo ha sido construida? ¿Qué alcances reviste?

La revalorización del actor ha recogido valiosas argumentaciones por parte de la sociología de la acción (Touraine, 1987), aunque los historiadores también contribuyeron suministrando dimensiones correspondientes con sociedades tradicionales y modernas. Así, Xavier-Guerra (1989) afirmaba: “sin actor no hay acción” (p. 244). En su reflexión centrada en los actores sociales y políticos de las sociedades decimonónicas latinoamericanas, además de ese atributo que conecta al actor con lo dinámico, incluía otros componentes. En sus palabras, los actores “aparecen como las encarnaciones o las representaciones de uno o varios grupos sociales” definidos sobre todo “por criterios socioeconómicos” (p. 245), por los vínculos (de tipo corporativo o asociativo) y por los imaginarios, centrados en el grupo o bien en el individuo. De acuerdo con otros autores, como Klaus Eder (1991), la identificación es la dimensión más pertinente cuando se analiza la constitución de los sujetos colectivos, ya que es el momento en que el actor se define y a la vez se diferencia de otros colectivos. En acuerdo con ambos aportes teóricos, la pertenencia social -sea en relación con varios grupos, estamentos o clases-, la representación de intereses económicos, los vínculos y la identificación podrían considerarse elementos constitutivos en la configuración de los actores sociales.

Cabe luego preguntarse si todo actor social es un actor institucional. En este punto es preciso articular la constitución del actor con la acción a desarrollarse en el entorno institucional, sea éste estatal o bien societal. Al respecto, diversos estudios han esclarecido el papel de las denominadas “elites”, por cuanto históricamente nutrieron el cuerpo de funcionarios del Estado,[2] así como también patrocinaron y lideraron el campo de las sociabilidades.

La noción aquí construida no incluye explícitamente la de elites pues, sin negar el hecho de su participación en los cuadros estatales y de sociabilidad, se pretende captar la centralidad de la acción, de allí la preferencia por “actor”. Se entenderá como “actores socio institucionales” los sujetos sociales individuales o colectivos, cuya pertenencia a grupos, estamentos o clases y la posesión de capital económico y/o cultural los conectaba con un lugar de identificación y, sobre todo, con prácticas -acciones y discursos- que se evidenciaron en contextos de actuación estatal y/o societal.[3] Dicha expresión aplicaría, preferentemente, en coyunturas históricas contemporáneas.

En esta investigación se focalizará en sujetos individuales cuya inserción se registró en los cuadros intermedios de una administración estatal subnacional decimonónica, con una escala de acción departamental, comprendiendo la actuación de jueces, jefes policiales, presidentes municipales y comandantes militares en la campaña y la frontera sur cordobesa.

Respecto de la noción de escala aquí empleada no supone contradecir otras denominaciones y alcances tales como regional, local o subnacional que han estado en el centro de las discusiones y en la base de los estudios históricos respectivos.[4] En acuerdo con Revel (2015) se trata de adoptar una perspectiva de análisis atenta a la complejidad, donde la construcción del Estado escapa a una explicación reduccionista según la cual el centro se habría impuesto a la periferia, para optar en cambio por un “juego de escalas” y de “múltiples contextos”. Es decir, se trata de considerar los diferentes “niveles” (micro, macro e intermedios) donde los actores sociales circulaban, negociaban y experimentaban su participación en las lógicas del poder (pp. 35 y 37). Dicha perspectiva implica contemplar tres niveles de estatalidad (Garavaglia, 2013, p. 8): una escala que comprendía el departamento Río Cuarto, luego la provincia y finalmente la Nación.

Las fuentes históricas empleadas para este trabajo han sido diversas, respondiendo en parte a ese criterio escalar. Entre ellas, la correspondencia oficial que se enviaba desde Paraná y circulaba con dirección a la comandancia de frontera; también la rubricada en Córdoba y cuyos destinatarios eran los jueces de alzada, el jefe policial o el presidente municipal. Por su parte, procedente de estas cabeceras de gestión como así también desde la comandancia se elevaban partes oficiales, detallando los asuntos que más aquejaban el desenvolvimiento institucional.

La documentación inédita se consultó en el Archivo Histórico de la provincia de Córdoba (en adelante AHPC), en el Archivo de la Legislatura de Córdoba (ALPC), y en el Archivo Histórico Municipal de Río Cuarto (AHMRC). Algunos documentos relacionados con la asignación de presupuesto para la frontera se trabajaron en el Archivo General de la Nación (AGN). Asimismo, se analizó el censo de 1852 en la búsqueda de los datos poblaciones para la escala de estudio. Por último, ante la carencia de diarios editados en Río Cuarto para ese período se consultaron los cordobeses, con particular atención de las secciones dedicadas a la campaña y a la frontera, de las cuales se obtuvieron los reportes de corresponsales. Las leyes informadas y publicadas en el Registro Nacional de la República Argentina (RNRA), así como las correspondientes a la provincia de Córdoba, extraídas de la Compilación de Leyes y Decretos de la Provincia de Córdoba (CLD), complementaron el corpus documental escogido para este trabajo.

Córdoba y la escala departamental sureña en la construcción estatal

El período de la historia argentina transcurrido entre 1852 y 1861 se enmarcó en dos episodios militares (Caseros, 3 de febrero de 1852 y Pavón, 17 de setiembre de 1861) en cuyo transcurso se desarrolló una experiencia de gobierno denominada “Confederación Argentina”, bajo el liderazgo primero de Justo J. de Urquiza (elegido presidente en 1854) y luego de Santiago Derqui (1859-1861). Su sede política fue Paraná y la portuaria, Rosario. Contó con el apoyo político de las trece provincias y con la ausencia notable de Buenos Aires que se organizó, por su parte, como Estado y se gobernó también por una carta constitucional.

Las bases de la organización federal, sentadas en 1853, demandaban esfuerzos organizativos en todos los niveles de la administración estatal, de manera que el armado de ese Estado no pudo emprenderse sin incluir los andamiajes institucionales provincianos, del cual formaban parte sus espacios interioranos e inclusive los fronterizos, allí donde había líneas militares.

Córdoba, en virtud de su geopolítica histórica, intermediación comercial, rol gravitatorio de su dirigencia en las lides políticas precedentes, proyección cultural universitaria y espacio que contenía una sección de la frontera interior, se había constituido en una pieza importantísima para ese armado federal (Pavoni, 1994). Así, durante todo el período mantuvo su formal pertenencia a la Confederación Argentina con centro en Paraná, y de ello dieron cuenta las gobernaciones de Alejo Carmen Guzmán y Roque Ferreyra; mientras, las administraciones siguientes, de Mariano Fragueiro y Félix de la Peña, fueron sospechadas por su vinculación con grupos comerciales y políticos bonaerenses.[5] Asimismo, mientras algunos cordobeses se alineaban con el Estado de Buenos Aires,[6] otras figuras de la provincia se integraban en el gabinete nacional. Hombres como Fragueiro y Santiago Derqui tallaron en la estructura gubernamental: el primero, siendo ministro de hacienda de Urquiza, entre 1853 y 1854, y el segundo, sucesor presidencial en 1860, luego de su paso por el ministerio de justicia, culto e instrucción pública. Otros acontecimientos ilustraron la intención de afianzar vínculos con la elite cordobesa, como fue la visita presidencial de Urquiza, y el otorgamiento del rango nacional a dos instituciones de acendrada tradición educativa, la Universidad y el Colegio de Montserrat.

Así, el acompañamiento de los cuadros dirigentes cordobeses que dimensionaban la construcción política federal era un plano de importancia. Otro, la actualización normativa de los códigos conforme las pautas consensuadas en la Constitución Nacional. En efecto, en 1855 los juristas cordobeses emprendieron el trabajo de elaborar y sancionar un nuevo texto constitucional según lo disponía la ley nacional N° 3334.[7] El mismo fue concluido durante el mes de junio y sancionado dos meses después.[8] La provincia hacía explícita su alianza con Paraná y adoptaba el sistema federal, lo cual significaba resignar antiguas prerrogativas como Estado provincial;[9] una cesión que se hizo no sin mediar fuertes discusiones en la legislatura cordobesa y donde varios representantes alzaron su voz en defensa de aquellas atribuciones ahora en entredicho.[10] Igualmente después, cuando el texto definitivo fue sometido a revisión por el congreso nacional antes de su promulgación, se observó que los legisladores cordobeses no habían reparado en algunos acuerdos nacionales.[11] No sin mediar algunas resistencias corrigieron nuevamente el manuscrito original,[12] un aspecto que permite entrever la dimensión conflictiva que suponía arribar a consensos y plasmar en disposiciones bien tangibles los principios federales.

Mientras tanto, el territorio provincial era reorganizado: se adoptaba una subdivisión con departamentos, pedanías y cuarteles. Al año siguiente, el 3 de setiembre de 1856 y tras dos meses de discusión[13] los cordobeses acordaron un nuevo régimen municipal; doce días después (15/9) sancionaron el reglamento para la justicia y la policía.

Las municipalidades fueron así instituidas; sin embargo, el proceso de constitución efectiva registró un ritmo de mayor lentitud. En Río Cuarto, la primera entidad comunal comenzó a funcionar recién en 1858 como consecuencia de las demoras en el proceso eleccionario, iniciado en octubre del año anterior.[14] Este hecho confirma otra de las tensiones entre el propósito de construir un orden legal e institucional y la dinámica propia de cada jurisdicción, donde la respuesta personal frente al compromiso público que significaba asumir un cargo no siempre se encaminó en la dirección esperada.

Las nuevas corporaciones eran concebidas en términos administrativos y autárquicos. Se dispuso también que los funcionarios no interviniesen en actividades político partidarias,[15] pero esta cláusula funcionó en la normativa, ya que en la práctica las instancias electorales mostraron el activismo de las facciones locales.

La jurisdicción municipal era el departamento, denominación ésta que reemplazaba la de Curato.[16] En orden a sus áreas de competencia podría decirse que representaba una continuidad respecto de los antiguos cabildos, pues se ocupaba de la educación primaria, beneficencia, caridad, salud, higiene pública, arreglo de los caminos, construcción de puentes y posadas. Para el sostenimiento de tales funciones y compensación de sus autoridades y personal, era fundamental disponer de rentas propias, cuya administración sería totalmente independiente aunque las cuentas eran fiscalizadas por los tribunales capitalinos competentes. El cuerpo se integraba con quince funcionarios en total, entre ellos un presidente y un consejo administrativo que internamente se dividía en comisiones para ejecutar las tareas. Eran electos por sufragio directo de los vecinos -nativos y extranjeros- residentes en el municipio. Sus mandatos, se extendían durante dos años, pero anualmente se renovaban por mitad.

Dicha composición regía para la ciudad capital, mientras en la campaña el presidente podía ser acompañado solo por seis funcionarios e inclusive ejercer la justicia de alzada. Las salvedades contempladas obedecían, según se argumentó en los debates de la ley, a la escasez de hombres letrados en el área rural, aunque tales ideas encontraron firmes opositores por parte de quienes veían en todo ello la concentración de poder y anteponían concepciones liberales.[17] Una discusión que ilustra muy bien cómo discurrían disensos entre la elite cordobesa. Por su parte, el poder ejecutivo provincial también expresó su disconformidad por ceder a las entidades comunales la facultad de nombrar jueces, una prerrogativa que conservaba desde el reglamento para la administración de justicia sancionado el 18 de marzo de 1823.[18]

La autoridad municipal, si bien pensada con límites administrativos, vino entonces a resignificar a las agencias locales en materia de designación de los hombres que estarían a la cabeza de la justicia. Desde el cuerpo municipal partían los nombramientos de los jueces de alzada, jueces de primera instancia, juez pedáneo, juez celador y teniente de barrio. Además, proponía una terna para ocupar la jefatura policial.[19] Estas facultades permiten inferir que los actores sociales representantes del municipio podían apelar a su conocimiento o vínculos con otros lugareños y de ese modo cubrir las exigencias que demandaba el funcionamiento administrativo local, a la vez que los convertía en referentes de una cadena de contactos personales cuya dinámica y alcances sería importante de estudiar en profundidad.

Respecto del redimensionamiento municipal hubo también una intención original de avanzar en la idea de convertirlo en otro de los poderes del estado provincial, y ello se reveló mientras se redactaba el proyecto original de la constitución provincial.[20] No obstante, se desistió de la propuesta al no recoger los votos necesarios para su sanción. Tales posturas indican, una vez más, los disensos que se produjeron en las instancias de debate cuando se estaban redefiniendo los alcances de los poderes locales en un marco de renovación jurídica provincial.

La autarquía municipal y el espacio de poder administrativo concedido a las nuevas entidades que regían para la escala departamental las colocaba, sin embargo, al alcance de otro principio legitimado constitucionalmente en el armado del estado federal: la intervención. La entidad riocuartense no escapó a esa experiencia. Instalada en 1858, fue disuelta en junio de 1861 luego de que la provincia resultara intervenida por las fuerzas nacionales.

En otro orden, se avanzó con la reformulación de la justicia mediante la sanción del reglamento de 1856 que organizó un cuerpo acotado de funcionarios con sus respectivas jurisdicciones desagregadas. Así, al frente de cada departamento se designó al juez de alzada munido de amplias competencias; en orden siguiente y subordinado, el juez pedáneo, para ocuparse de la pedanía y con similares atribuciones al anterior.[21] Éstos podían trabajar asistidos por los jueces celadores en tareas de seguridad local. Completaba el cuadro, el juez de primera instancia que se ocupaba de todas las instancias civiles y criminales con sede en la Villa de la Concepción, cabecera departamental.

Un paso más se dio en el sentido de realzar la autoridad del juez de alzada cuando se dispuso la subordinación del comandante general del departamento. Quedaba delineado así el control territorial departamental, articulando la administración civil (a través de la municipalidad), la militar (mediante la comandancia jurisdiccional) y la judicial (por medio de la alzada).

La actuación en los juzgados requería de hombres alfabetos, “de los ciudadanos más notables y de alguna fortuna”, según la ley respectiva.[22] El servicio judicial era considerado una carga pública ya que, según el argumento político dominante, el Estado afrontaba una crónica escasez de fondos para cubrir los salarios, excepto el de los escribientes. En la práctica, se vio entonces que, si bien por ley solo les competía ocupar el juzgado por un año, esos tiempos se extendieron más allá de lo estipulado reglamentariamente y así los mandatos se prolongaron. La dificultad para conseguir letrados en el ámbito rural y el hecho de que los cargos fuesen ad honorem explican esa realidad persistente. Del mismo modo, puede interpretarse otro fenómeno que atravesó la dinámica administrativa de la campaña: la rotación de los cargos, y así varios de esos hombres que primero ocupaban los juzgados, circulaban dentro del mismo espacio e inclusive luego ingresaban al cuerpo municipal.

La legislación otorgaba a los jueces un amplio repertorio de competencias, con la clara intención de cubrir no solo una jurisdicción natural en materia civil y criminal, sino de intervenir en otras áreas que significaban para el Estado asegurarse una fiscalización y control eficaz. Los sectores subalternos quedaban comprendidos en ello. Eran observados en sus reuniones sociales, en los juegos, en la circulación por el territorio, en la contratación laboral. Arrieros y troperos también eran objeto de control cuando transitaban por la región. Las actuaciones judiciales se proyectaban, además, en la instancia recaudatoria y electoral.

Las regulaciones alcanzaron la policía, en tercer lugar. En Río Cuarto, la fuerza fue creada en 1853 y colocada bajo la dependencia del departamento homónimo de la capital provincial, hasta el momento en que se instituyó la municipalidad local (1858) y se trasladó a esta la competencia en materia de seguridad.[23] A diferencia de los jueces, el sub-intendente percibía un salario y era designado por el término de dos años; a partir de 1858 ese lapso se acotó a la frecuencia anual. Las competencias policiales eran más amplias que la mera función de seguridad: limpieza y aseo de la Villa, distribución de aguas en las acequias, cobro de impuestos, concesión de licencias, evitar los desórdenes en la vía pública, así como los saqueos, robos de hacienda y vigilar que no se practicaran juegos prohibidos. También este actor institucional oficiaba de control sobre los sectores populares. Como se advierte, gradual y escalarmente la dimensión jurídica y la organización del Estado buscaron alcanzar las unidades administrativas interiores.

La soberanía del Estado federal debía alcanzar la frontera interior. En el espacio sureño cordobés su límite físico era el río Cuarto. Formaba parte de la frontera interior de la República, cuya extensión abarcaba desde el noreste de la provincia de Buenos Aires y finalizaba en el sur de la provincia de Mendoza, atravesando simultáneamente los campos de Santa Fe, Córdoba y San Luis (Pérez Zavala, Tamagnini y Olmedo, 2021).

A lo largo del río Cuarto se hallaban instalados fuertes y fortines que oficiaban de marco de contención por el oeste (Rodeo Viejo, Achiras y San Fernando), por el sur (Los Jagüeles y Santa Catalina) y por el este (Reducción y La Carlota). Desde su demarcación a fines del siglo XVIII, dicha franja estuvo sujeta a una dinámica de disputa, con avances y retrocesos, conflictos y acuerdos, igual que otras áreas de la frontera interior.[24] Allí interactuaban pobladores, guardias nacionales, militares, comerciantes, franciscanos y aborígenes.[25]

La autoridad militar de referencia era el comandante de frontera cuya designación estaba en las manos del gobierno nacional, aunque su comunicación epistolar con el gobernador era frecuente. Otros militares de rango eran el comandante general del departamento,[26] el comandante accidental, y los comandantes de cada fuerte subalterno.

Durante el período de nuestro estudio, se adoptaron tres medidas relevantes. Ellas fueron la formación del Regimiento Dragones N° 7 con asiento en la Villa del Río Cuarto (23/1/1855),[27] la creación de la Circunscripción Militar del Sud que comprendía San Luis y el sur de Córdoba (26/2/1855)[28] y el avance sobre el río Quinto. En esa instancia se designó al brigadier Juan Esteban Pedernera, militar puntano, quien venía de desempeñarse como senador nacional y ocupará más adelante el cargo político de vicepresidente de la Confederación en reemplazo de Derqui. En esa línea de avanzada se ordenó el levantamiento de dos fuertes, Constitucional y Tres de Febrero a los cuales se dotó con cien hombres,[29] una exigua fuerza según hizo constar el coronel Baigorria al gobernador Ferreyra.[30] Cabe acotar que el estado cordobés proveyó de recursos humanos, mediante la movilización de guardias nacionales y aportes materiales donde la participación de ganaderos de la región fue también clave en materia de provisiones (El Diario, Córdoba, 10/11/1856, p. 3).

Los comandantes generales de frontera tenían como función primordial la conducción de las tropas y milicias asignadas en los asentamientos fronterizos. Sin embargo, la documentación oficial da cuenta de otras prerrogativas igualmente significativas y que los ubicaba en acciones cercanas con las dimensiones judiciales y policiales. Entre ellas, captura de desertores, confección de sumarios cuando había soldados amotinados, información de los movimientos de las tribus y de sus demandas, reclutamiento de “vagos, ociosos y mal entretenidos” para ser enviados a la línea del río Quinto, aprehensión de oficiales disidentes. Asimismo, debían resolver el abastecimiento de los fuertes cuando la provisión de los recursos no llegaba a tiempo, de manera que esas situaciones potenciaban vínculos con los hacendados de la región y comerciantes de la Villa.

En síntesis, la dirigencia cordobesa emprendió de manera diligente, aunque no sin expresar notorias disidencias, una renovación normativa que alcanzó a la campaña, donde trazó una modernización de las estructuras administrativas locales con la creación de las municipalidades y a la vez reordenó las dependencias judiciales y policiales. Esa tarea no se ejecutó sin mediar claros disensos. Por otra parte, el extenso departamento Río Cuarto encontraba su límite sur en la frontera interior ubicada sobre el río Cuarto primero y prolongada hacia el río Quinto, mientras la conflictividad entre la Confederación con sede en Paraná y el Estado de Buenos Aires se aproximaba a su punto crítico en 1861.

Ahora bien, ¿qué características presentaba ese entorno sureño cordobés que demandaba a sus autoridades y ciudadanos un compromiso institucional con la construcción del Estado y del orden interno? De esta pregunta se ocupa el siguiente apartado.

Los agentes institucionales en su entorno social y espacial

La Villa de la Concepción del Río Cuarto, fundada en 1786, era una villa de frontera. Hacia 1852 alojaba 2.650 pobladores, mientras el departamento Río Cuarto contabilizaba 5.307 individuos. Del análisis censal de 1852 puede inferirse cuáles eran las actividades económicas predominantes. Los propietarios de ganado representaban el 18,6%, los labradores el 11,6%; los comerciantes el 9,8%. Luego, un grupo de oficios manuales varios como carpinteros, zapateros, albañiles, sastres, carniceros y panaderos constituían el 49,9%. Bajo la nomenclatura de “sirvientes”, “domésticos” se contabilizó el 10,1%. De ese total, declararon saber leer el 7,1%, mientras la escritura era solo habilidad de un 5,8% de los habitantes (Censo de 1852, Libro 3, AHPC, Córdoba). Este último dato es de relevancia si se tiene en cuenta la exigencia letrada para quienes debían ocupar los cuadros administrativos locales.

Además de la ganadería y la labranza[31], el comercio complementaba el cuadro dinámico de la economía. La mayor parte de los establecimientos se hallaban localizados en la Villa,[32] mientras en otros poblados cercanos su número era menor.[33]

Los registros que la policía confeccionaba de manera prolija y minuciosa cada vez que recolectaba el impuesto de carga y descarga de carretas y de arrias, permitió identificar los nombres más frecuentes de esos personajes que tenían sus inversiones en aquellas actividades. Luego, esos datos fueron cotejados con los individuos registrados por las fuentes en los cargos de gestión institucional.[34]

Del análisis de cuatro registros pudo confeccionarse el siguiente Cuadro 1 donde se consignan los nombres de sesenta lugareños con sus respectivas adscripciones en las actividades económicas del comercio (CO), ganadería (H), labranza (L) y el desempeño como funcionarios en la comandancia de frontera (CF), departamental (CD), juzgado de Alzada (JA), de primera instancia (JPI), policía y municipalidad (M). Puede así inferirse, a modo de muestra, una correlación entre individuos que pertenecían a los sectores económicos más dinámicos de la campaña sur, integraban la elite local y a la vez conformaban sus cuadros administrativos. Ellos configuraban los actores socio institucionales de esta escala de análisis.

Cuadro 1
Inserción institucional de una elite local
APELLIDO Y NOMBRE Co H L CF CD JA JPI P M
1 Alba, Vicente X X X
2 Alva, Félix X
3 Argüello, Fidel X X X
4 Arias, Hilario X X X X
5 Avila, Eloy X X
6 Avila, Pedro X X
7 Bargas, Ramón X X
8 Basconcelos, Dionicio X X
9 Cabral, Eleuterio X X
10 Celman, Lucas X X
11 Clara, Ramón X X X X
12 Claro, Justo X X X
13 Echenique, Juan X X
14 Esley, Samuel X X
15 Ferreyra, Eduardo X X X
16 Ferreyra, Juan Bautista X
17 Ferreyra, Manuel X X X X
18 Ferreyra, Martín X
19 Gaje, Emilio X
20 Gigena, Hilario X X
21 Gonzalez, Doroteo X X X X
22 Guerra, Felipe X X X X
23 Gutiérrez, Felipe X
24 Irusta, Cipriano X X
25 Irusta, Manuel X X X X
26 Isla, Juan X X
27 Liendo, Ignacio X X
28 Liendo, José X X
29 López, Faustino X X X X X
30 López, Indalecio X X
31 Maldonado, Eloy X X
32 Maldonado, Jesús X X X
33 Martínez de Rosas, Juan X X
34 Mendoza, Pablo X X
35 Meriles, Domingo X
36 Molina, Enrique X X
37 Molina, Lorenzo X X
38 Nieves, Carlos X X
39 Ordoñez, Gregorio X
40 Ordóñez, José X X
41 Ordóñez, Pedro X X X
42 Ordonez, Proto X X X
43 Ordoñez, Victorino X X
44 Ortiz, Adolfo X X X X X X X
45 Ortiz, J. Manuel X X
46 Oyarzábal, Pedro X X X
47 Pedernera, Juan Esteban X
48 Pizarro, Ramón X X
49 Quenón, Ildefonso X X X X
50 Quenón, Martín X X X X X
51 Ramos, Antonio X X
52 Salas, Felipe X X X
53 Sánchez, Manuel X X X X X
54 Sosa, Amadeo X
55 Sosa, Pedro X
56 Suárez, Tristán X X
57 Tejerina, Wenceslao X X
58 Tissera, Manuel X X X
59 Verde, Rufino X X
60 Vidal, José X
60 TOTALES 13 48 9 7 6 17 25 6 16
Elaboración propia sobre la base de documentación inédita. Gobierno, 1852-1861. AHPC, Córdoba y Departamento Ejecutivo, 1852-1861. AHMRC, Río Cuarto

Fuente: Elaboración propia sobre la base de documentación inédita. Gobierno, 1852-1861. AHPC, Córdoba y Departamento Ejecutivo, 1852-1861. AHMRC, Río Cuarto

Por su parte, la frontera era un espacio de interacciones y no solo de conflicto. Esta afirmación resulta de validez no solo al considerar la presencia indígena sino también los contactos entre aquellos actores económicos de la región y las autoridades militares. En efecto, los comerciantes actuaban como proveedores del ejército de línea, aportando diversos artículos destinados a la tropa y el mantenimiento del cuartel; también productos para los agasajos de indios. Asimismo, podía requerírseles préstamo de dinero a interés,[35] una práctica usual en este tipo de economías donde aún no se había desarrollado el crédito bancario. Por su parte, los propietarios de ganado abastecían con reses vacunas. Para formalizar ese vínculo el gobierno provincial establecía contratos donde figuraban cantidades y precios del bien adquirido y se les entregaba un bono que sería saldado por la tesorería del gobierno confederal.[36] A veces, las cantidades de ganado no resultaban suficientes, entonces los comandantes se movilizaban y acudían a otras regiones cercanas y distantes, lo cual los colocaba en una posición de construir nuevos vínculos, cuyos alcances sería importante profundizar.[37]

Las prácticas de articulación

A través del análisis de la correspondencia oficial pueden identificarse un conjunto de prácticas, entendiendo por tales acciones y discursos, cuyo propósito era asegurar que todo el proceso de innovación jurídica concerniente a la campaña fuese acompañado por los agentes estatales intermediarios y por los ciudadanos. Para el logro de este fin se instrumentó la comunicación oficial, aunque también se apeló a las visitas gubernamentales, tanto de funcionarios provenientes de Paraná como de la capital provincial. En este sentido, la presencia del gobernador en la campaña adquiriría un relieve importante.

Una de las prácticas era la circulación de la documentación oficial que permitía vincular la escala departamental con el gobierno provincial y federal. Decretos, leyes y reglamentos integraban los plexos normativos que, provenientes de estas esferas gubernamentales, debían ser observados en su estricto cumplimiento y socializados en la campaña, a fin de regular la dinámica económica, social e institucional y legitimar la figura estatal en todas sus dimensiones.

El discurso político fortalecía esa meta, por eso desde Córdoba se requería “vigilar el cumplimiento de las disposiciones”, “acatar el reglamento vigente para la campaña”,[38] “insistir” en la administración ordenada y controlada del sur, así como también resaltar el sentido patriótico de los cargos públicos que eran valorados como un “importante servicio al Estado” y “una contribución al orden social”. Así lo expresó el gobernador Guzmán al juez de alzada Vicente Alba en febrero de 1853, al decir:

la permanencia de las autoridades civiles y militares en esa Villa como en cualquier otro punto de la campaña contribuye al mejor mantenimiento. del órden y á la eficas cooperacion y pronta ejecucion de sus disposiciones... las cargas públicas aunque no deben ser en mayor perjuicio particular de los ciudadanos, deben ser personalmte. [sic] atendidas.[39]

La valoración del orden fue una de las enunciaciones claves del discurso y persistente en este período de organización. Por eso también cuando se conocía que las normativas demoraban en ser aplicadas, no eran comunicadas a los vecinos o bien los procesos judiciales se prolongaban sin arribarse a una resolución, el poder ejecutivo sugirió aplicar un criterio de vigilancia mutua entre las autoridades y, además, que se “informara al gobierno sobre los jueces díscolos que esquivan cumplir las órdenes impartidas”.[40]

Resalta entonces un desvelo del Estado provincial por asegurar el funcionamiento regular de las magistraturas en la campaña; por ello, los juzgados debían permanecer abiertos, la policía acompañar a la justicia y la municipalidad sostener la dinámica de sus comisiones internas.

Ese propósito demandaba un sustrato material, la dotación de recursos. Una y otra dimensión se potenciaban. Así, cuando el gobierno de Paraná demoraba el envío de asistencia material para la tropa fronteriza, intervenía rápidamente la provincia. Escribía a la comandancia solicitándole “racionalizar los recursos”, “evitar erogaciones al Estado”, “orden y buena administración”, “moderación en los gastos de indios” y “hacer el menor gasto posible”.

La articulación institucional entre los titulares de las magistraturas y un eficiente ejercicio de la mediación para lograr que las respuestas ciudadanas fuesen acordes a las expectativas del Estado provincial, resultó ser otra práctica desarrollada. Se esperaba que los jueces, la policía y los celadores lograsen sostener la continuidad del control sobre los sectores populares, “observando el orden y armonía” y procurando “extirpar el ocio y las malas costumbres”.[41]

Otra práctica era informar al gobierno cordobés acerca de todas las situaciones que pusieran en peligro “el orden de la campaña”, enunciación que reiteradamente era invocada en las notas oficiales intercambiadas entre la capital y la Villa de la Concepción. Del mismo modo, se esperaba que actuase la comandancia de frontera, comunicando todas las designaciones que sucedían en la cadena de mandos, la disponibilidad de recursos, las operatorias de compra de ganado realizadas a particulares de la zona y el trabajo de los pobladores en los fuertes. Se requería asimismo de los informes minuciosos acerca de los desplazamientos ranquelinos. El relato de las deserciones[42] y los motines no escapaban a estas exigencias gubernamentales que valoraba el conocimiento actualizado de la realidad fronteriza.

El valor de la información era estratégico en sentido político y no solo institucional, por eso la conexión entre las escalas resultaba clave. Las vicisitudes de la vida cotidiana fronteriza y la estrechez presupuestaria que limitaba la capacidad de acción en los márgenes del Estado federal se conocían ampliamente en los despachos gubernamentales cordobeses y se transmitían a Paraná.

En una visita oficial a la campaña, el gobernador Guzmán informaba, en diciembre de 1852, al gobierno nacional sus impresiones y acciones:

he dictado sin cesar todas las medidas que he creido oportuno pa. prevenir cualqr. tentativa de los anarquistas, y tener como tiene la Prova. en el mejor estado de defensa (…) la Prova. se conserva en las mas perfecta paz y tranquilidad y puede S.E. estar seguro qe. pr. parte de este Gobno. no se ha omitido, ni se omitirá ninguna de las qe. puedan contribuir á mantener el ordn. en ella y en toda la Repca. [sic].[43]

La conexión entre la escala local y el gobierno federal no podía pues desatenderse. En este sentido, una práctica fue diligenciar funcionarios con la misión de relevar el estado de las comunicaciones entre las poblaciones interiores. Ese rol les cupo a los inspectores de postas y caminos. Así, en diciembre de 1855, se envió a Joaquín Fillol quien, en camino hacia Cuyo, visitó el departamento Río Cuarto brindando un informe elocuente de sus limitaciones materiales, en particular acerca del estado precario de los caminos. En sus notas sinceró también las dificultades del Estado que él representaba para encarar las obras reparadoras, relacionadas sobre todo con las mensajerías (Bosch, 1998). No obstante, su esfuerzo estuvo colocado en sembrar un mensaje esperanzador respecto de la presencia del Estado federal, por lo que expresaba: “He procurado hacerles presente la necesidad del trabajo y la confianza absoluta con el Gobierno prometiéndoles que éste se haya dispuesto à no omitir sacrificios para el progreso material del país" (p. 255).

Otra práctica propiciada por el gobierno federal comprendía a los comerciantes cordobeses a quienes se les encomendaba que colaborasen con su abastecimiento, de recursos materiales y monetarios inclusive. A cambio, el gobierno de Paraná se comprometía a firmar un contrato con ellos y la devolución de los fondos anticipados. Esta práctica habilitaba la figura de los actores económicos intermediarios. Al respecto, las fuentes mencionan a Tomás Peñaloza, la firma comercial Fragueiro y Lastra y Ferreyra Hnos. Durante todo el año 1856, ellos giraron desde Córdoba hacia la comandancia sur subsidios mensuales por doscientos pesos.[44] El análisis de la documentación correspondiente a los doce meses siguientes no permite aseverar que esos adelantos se hayan reintegrado desde Paraná según los plazos acordados, por lo que el tema merecería un seguimiento documental en particular.

Los comerciantes riocuartenses desarrollaron una práctica mercantil que por su parte contribuyó a cimentar las articulaciones entre la escala departamental y provincial, inclusive con el puerto de Rosario. El pormenorizado detalle de las actividades de carga y descarga en la Villa, del cual dejaba constancia en sus registros el sub intendente de policía,[45] aunque no se cuente con series completas de los mismos, permiten observar esa movilidad en el espacio. Viajaban desde la Villa hacia Córdoba y Rosario, en tanto otro circuito también recorrido era con destino a Mendoza y San Juan. Algunos de esos comerciantes locales eran a su vez dueños de carretas, lo cual los colocaba en una situación más ventajosa en el sentido de evitar intermediarios. Ángel Ferreyra, Francisco Andradap, Blas Ludueña, Juan Sueldo, Dionicio Villagra y Martín Quenón integraban esa lista.[46]

En síntesis, en esta parte de la campaña sur de Córdoba diversas prácticas confluyeron hacia el propósito de mantener activa la vinculación entre las escalas de la administración estatal. Quienes ocuparon el cargo de gobernador en la provincia repararon oportunamente que el propósito de incluir la campaña en la organización del estado provincial no podía reducirse solamente a impartir y hacer circular las nuevas legislaciones. Se precisaba del compromiso de los funcionarios. Para eso, cada magistratura debía funcionar de puertas abiertas, como así también se requería del cumplimiento por parte de habitantes de todas las disposiciones sancionadas. Resultaba fundamental conocer la marcha de la campaña y, cuando era preciso, corregir rumbos. Del mismo modo, tanto el gobierno provincial como federal entendían el sentido estratégico de mantener el orden en la frontera sur y ello requería sostenerla permanentemente con recursos, materiales y humanos.

Estas dinámicas de gestión no estuvieron exentas, sin embargo, de tensiones. Los propios agentes estatales desde el departamento y desde la frontera relataron a través de los partes oficiales un sinnúmero de situaciones conflictivas que ponían al descubierto otra trama en la construcción de la estatidad. De ello se ocupa el último apartado.

Las tensiones manifiestas

Entre los relatos detallados acerca de cómo se implementaban las normativas y el grado de acatamiento por parte de los pobladores de la región, algunos se detenían en una narrativa que alertaba acerca del funcionamiento irregular de los juzgados. Se mencionaban despachos cerrados, renuncias frecuentes, salarios ínfimos para los auxiliares de justicia, lentificación de las causas y extravío de expedientes. Por cierto, esta situación era comparable con un cuadro similar que otros estudiosos de la justicia han relatado para el mismo período de estudio en diversos puntos del país, mientras se construía por su parte la justicia federal.[47]

De esa problemática se hizo eco la prensa capitalina. El Eco Libre de la Juventud, El Diario, El Imparcial fueron periódicos que seguían las vicisitudes de la campaña en general a través de los informes de sus corresponsales. La pluma airada de uno de esos periodistas analizó cómo el funcionamiento intermitente de los juzgados afectaba los derechos, las garantías individuales y la propiedad. En palabras del cronista de El Imparcial, en la edición del 16 de agosto de 1855 denunciaba: “al carecer de jueces bien dotados que administren justicia, la propiedad de los moradores y seguridades no se administran y protegen en nuestras poblaciones de campaña” (p. 3). Por su parte, El Diario en su edición del 31 de marzo de 1858 comentaba lo que parecía ser una práctica frecuente, a pesar de la vigencia de los códigos: “la administración de justicia está deficiente en todo, los jueces no tienen ni asesor letrado ni guía de alcaldes, caminan á tientas” (p. 1). El panorama no habría mejorado substancialmente años después. Precisamente, El Eco Libre en su publicación del 6 de enero de 1861 describía un contexto similar luego de haber transcurrido un quinquenio del reglamento de justicia:

es un caos y gigantesco mal cómo se desarrolla la labor de los juzgados. Los jueces pedáneos y los celadores no cumplen con la aplicación de las normativas, algunos juzgados funcionan de manera irregular, otros están cerrados durante algún tiempo, no todos cuentan con cárceles suficientes (p. 2).

El ordenamiento institucional de la campaña demandaba coordinación de tareas y no siempre se registraban acciones colaborativas. Las expectativas de las autoridades gubernamentales y las indicaciones expresas de las normativas tensionaban con situaciones como las que describía el comandante Pedro Ávila al gobernador Roque Ferreyra en relación con la actitud del juez de alzada:

á esto debo desir á V.E. sin merma alguna qe. D. Martin Quenon como los otros ciudadanos si fuesen de esta frontera han engañado á V.E. pr. qe. hasta hoy ni Quenon ni ningo. á ayudado al Estado en nada, (…) pr. lo tanto mienten con el mayor descaro á V.E. pues yo en dos carrillos qe. tengo del Estado poco á poco voi haciendo conducir maderas, caña y otras cosas qe. son presisas [sic].[48]

Así entonces podría afirmarse que en esta escala sureño cordobesa, se reproducía la situación que Marta Bonaudo (2016) describió para el conjunto de la república, al decir: “para muchos partícipes de aquellas élites, las lógicas de ese acuerdo racional implícito en la emergencia de una comunidad política resultaban demasiado abstractas o de difícil alcance”; lo público se confundía con lo privado y el interés general tensionaba con los particulares (p. 4).

El problema no solo tenía ribetes institucionales sino además presupuestarios. Entonces se advertía con frecuencia que la magna tarea de construir las administraciones escalares no podía reposar únicamente en la aplicación de los instrumentos legales sin contar al mismo tiempo con bases materiales.

Ello se evidenciaba en la labor policíaca, donde si era de esperar una eficiente tarea capaz de prevenir delitos, cobrar impuestos, perseguir vagos y capturar desertores, llegaban al despacho del gobernador los oficios del teniente juez que denunciaban “la suma carencia de recursos”,[49] la insuficiente dotación de personal, el retraso en los salarios y la falta de vestuario adecuado para cada estación del año. Situaciones que también conectaban a esta policía sureño cordobesa con otras del área pampeana.[50]

A esa voz airada se sumaban los municipales que declaraban no contar con suficientes fondos para costear los sueldos de la policía, de los maestros y del preceptor de la escuela local. Es más, esas notas incluían, a menudo, una mención al malestar y las resistencias que planteaban los vecinos ante la obligación de tributar.

No solo eso, se mostraban reticentes frente al cumplimiento de las normativas, y en ello se responsabilizaba tanto a los sectores subalternos como a los agentes económicos. Los relatos de los jueces y policías aludían a los arrieros que se negaban a pagar los derechos de extracción del ganado, otros que no exhibían las guías requeridas, “vagos y malentretenidos” que no podían dar cuenta de sus contratos laborales.

En este sentido, la situación sureño cordobesa formaba parte de una problemática fiscal que los gobernadores detallaron en sus informes ante la legislatura en cada período de apertura de sesiones.[51] En diciembre de 1853 el gobernador Guzmán reconocía el enorme peso del gasto militar destinado a sofocar rebeliones, cubrir las fronteras y sostener las tropas; la significativa deuda con los hacendados de la campaña y el agotamiento de los recursos estatales que derivaba en la práctica de recurrir a los préstamos con particulares. En junio de 1855, nuevamente Guzmán indicó la gradual y sucesiva retracción de las rentas públicas y las deudas con la campaña. En abril de 1859, Fragueiro aludía concretamente al serio déficit fiscal; en mayo de 1860 Félix de la Peña adjudicó a la conflictividad política y a la intervención derquista las cuantiosas erogaciones hechas por el Estado y en mayo de 1862, Posse ratificó la extrema penuria del tesoro provincial (Ferreyra, 1996).

En este contexto, se negociaron empréstitos con individuos de la ciudad y de la campaña,[52] se sancionaron varias leyes actualizando impuestos,[53] aunque nada de ello fue suficiente para evitar el desequilibrio fiscal entre 1852 y 1854. Este cuadro deficitario de las finanzas públicas se conectaba con otras realidades provinciales que confirmarían la trama de un proceso similar donde la dimensión fiscal y el reordenamiento del régimen impositivo condicionó a las cajas provincianas, particularmente a partir de la supresión de las aduanas interiores de acuerdo primero con lo acordado en San Nicolás y luego explicitado en la normativa constitucional de 1853.[54]

De manera entonces que, en Córdoba, los esfuerzos por articular la administración de la provincia con las escalas departamentales tensionaban con una profusa correspondencia que desde todos los rincones de la campaña alertaban acerca de ese problema presupuestario, frecuente, cotidiano.

En otro orden cabe focalizar en la frontera sur[55] para recalar allí en otra área de tensiones. Además de los motines y las deserciones que constituían en sí mismos un conflicto, los comandantes se detenían en la descripción de la vida militar en la frontera, en términos igualmente críticos. El número de milicianos continuaba siendo reducido a pesar de las levas frecuentes, los alimentos escaseaban igual que el armamento y el vestuario, mientras los sueldos de la tropa se retrasaban por meses íntegros. El testimonio de un sargento perteneciente al Regimiento Dragones de La Carlota expresaba un conflicto habitual que llegaba a la comandancia de frontera:

digo qe. en dieciocho años hasta esta fha e prestado mis serbicios en la dibicion de esta Fronta. y no se paga mas sueldo qe. dos meses en cada año por esto es qe. suplico a V.E. se sirba socorrerme con algo a cuenta de mis ajustes devengados [sic].[56]

Un segundo conjunto de demandas buscaba atender los agasajos de indios cuya entrega a los caciques ranquelinos expresaba la continuidad de los acuerdos pactados con anterioridad al Estado federal. Sin embargo, había momentos en que los recursos escaseaban, tal como lo relataba el comandante de la frontera en 1855:

con motivo de no tener nada con que agradarlos mas con la carne con bastante escases, un pan diario y unas cortas raciones de yerva y asucar que son inebitables sean mostrado muy disgustadas algunas flotas de echo que an regresado para las tolderias, y esto me aflige Exmo. sor. por que temo que estas resultas allan malas consequencias en esta Linia [sic] de frontera.[57]

Estas tensiones llegaban a conocimiento, primero, del gobierno provincial. Al respecto se ensayaron varias respuestas, como reducir personal en las guarniciones, recomendar ajustes en los gastos, solicitar de los hacendados abastecimiento de ganado, préstamos de los comerciantes de la región y elevar al gabinete de Paraná esos reclamos fronterizos.

En este aspecto, la presión sobre los sectores productivos generó situaciones de tirantez tanto en el área de la frontera del río Cuarto, así como también donde se localizaba la Circunscripción Militar del sur. Los hacendados de la región exigían, según relataba el juez de alzada en 1853, que solo entregarían sus reses a cambio de serles garantizada su devolución.[58] En otra oportunidad, ante la misma requisitoria planteada a 16 hacendados, doce de ellos respondieron que ya no tenían animales para ceder, uno se excusó pues se le debían animales y los otros tres se habían ausentado de sus estancias.[59] A tal punto estas situaciones producían descontentos entre los actores sociales locales que el 30 de mayo de 1856 El Imparcial reprodujo una nota de un vecino de Río Cuarto, donde se fundamentaba la intención departamental de separarse de la provincia de Córdoba y constituirse de manera independiente:

Córdoba sabe que este Departamento es el más valioso de la Provincia, y que sus habitantes desean seguridad individual y que sus propiedades sean puestas al abrigo del ataque del enemigo bárbaro, que ocupa la Pampa; pero por insignificante que es el costo que demanda esa tranquilidad, se pretende que tal obligación recaiga directamente en el Gobierno Nacional, sin que ningún deber le incumba a la Provincia. ¿Y no se ruboriza el Estado de Córdoba, porque un vecino del Río Cuarto suministre durante seis meses, diariamente, la carne para el Regimiento de Dragones No 7 hasta que la caja nacional pueda pagar la cantidad anticipada? Yo no sé explicarme la legitimidad con que Córdoba llame su dependiente a este ¿Y cómo podrá Córdoba negar al Río Cuarto el hecho de proclamarse independiente como lo ha pretendido desde el año 1829, y cómo puede pretenderlo hoy como con mayor justicia? (p. 2).

Luego, ¿cómo actuó el Estado federal quien ya padecía de crónico ajuste fiscal? Tras el reclamo que los gobernadores elevaban, no solo haciéndoles saber que el tesoro provincial estaba exhausto para cubrir los agasajos de indios, el ejército de línea, sino también mantener el servicio de postas y la administración de correos, es decir, áreas que eran de incumbencia nacional,[60] se les respondía desde Paraná que el erario provincial anticipara los fondos necesarios. Pero, ello no significaba que el gobierno nacional se desentendiera. Por el contrario, tal como expresó el ministro de guerra Rudecindo Alvarado en varias oportunidades, se trataba de “asegurar completamente las fronteras de Córdoba”, de manera que pudiesen servir como “barrera de seguridad para las poblaciones y para la fuente de riqueza de la región, el comercio”.[61] No obstante, los reclamos del gobierno provincial continuaban ante las demoras en saldar las deudas por parte del Estado federal y, finalmente, cuando los aportes llegaban, lo hacían de manera tardía y fragmentaria.[62] Otra de las acciones encaradas por el gobierno federal fue otorgar subvenciones a Córdoba, particularmente entre 1856 y 1858 (Cortés Conde, 2000). Esta situación, reiterada en varias oportunidades, mostraría cómo operaban los conflictos y las negociaciones entre las autoridades nacionales y provinciales en la asignación de los recursos.

La victoria decisiva de las fuerzas porteñas en Pavón (18-9-1861) aceleró la crisis política en el poder ejecutivo nacional. Siguió la renuncia de Derqui y la asunción del general Pedernera en su condición de vicepresidente (5-11-1861). Las escasas rentas de la aduana rosarina fueron a cubrir los gastos bélicos y una improvisada emisión de billetes buscó resolver las más urgentes necesidades del fisco federal (Bosch, 1998). El poder ejecutivo se declaró en receso (12-12-1861) y comunicó tal decisión a todos los gobiernos de provincias.[63]

En síntesis, la correspondencia oficial intercambiada entre Paraná, Córdoba, la Villa de la Concepción y la comandancia de frontera sur constituyó en su momento histórico un valioso instrumento que en manos de las agencias estatales y administraciones departamentales sirvió a los propósitos de mantener actualizada la información sobre la marcha del proceso de construcción estatal a nivel escalar. La prensa capitalina también observaba la complejidad que revistió ese desafío. Mientras, no tardaron en circular por los despachos oficiales de Córdoba y Paraná, así como en las sedes más precarias de las autoridades de la campaña y frontera múltiples oficios que daban cuenta de un trayecto inconcluso, cuando no atravesado por las tensiones presupuestarias, de ese momento de construcción del Estado federal que transcurrió entre 1852 y 1861.

Nada más oportuna que la interpretación de Halperin Donghi (1992) al decir: “quienes creían poder recibir en herencia un Estado central al que era preciso dotar de una definición institucional precisa (…) y podía ya ser utilizado para construir una nueva nación, van a tener que aprender que antes que ésta -o junto con ella- era preciso construir el Estado” (p. 10).

Conclusiones

Esta investigación se propuso revisitar el período 1853-1861 cuando el Estado federal comenzó a construirse con foco en los actores socio institucionales que integraron los cuadros administrativos en la campaña y frontera sur de Córdoba, sin descuidar las conexiones con los centros políticos del poder estatal, la capital provincial y Paraná.

Una frecuente y nutrida correspondencia oficial rubricada e intercambiada entre el ejecutivo cordobés con las autoridades civiles y militares del sur cordobés, así como las autoridades nacionales permitió problematizar cómo se había encaminado ese proceso de estatidad cuya impronta federal debía comprender necesariamente a las escalas provinciales, así como a las administrativas locales. De allí la relevancia de volver la mirada sobre lo que acontecía en esa escala del sur cordobés que comprendía la campaña y la frontera.

Así se advirtieron dinámicas que suponían articulaciones, tensiones, negociaciones en el marco de la construcción republicana y federal. Por una parte, un conjunto de prácticas que involucraba a los actores sociales a cargo de las magistraturas locales y reflejaba de qué modo muchos de ellos colaboraban y convalidaban con sus discursos y acciones los nuevos marcos normativos. Pero, no todos acompañaban. Otros mensajes alertaron acerca de los matices conflictivos que en esa campaña sur cordobesa y en la frontera se presentaban. El avance de lo público estatal y los intereses privados no siempre sincronizaron, por eso hubo resistencias a ocupar los juzgados y los cargos municipales.

En un espacio donde la ganadería y el comercio dinamizaban la economía, se entiende bien por qué muchos de los vecinos convocados para el ejercicio de los cargos eludieran la designación o se desempeñaran sin un compromiso sostenido en el tiempo. Por el mismo motivo se entiende bien por qué las autoridades gubernamentales insistían en colocar en las magistraturas a los actores económicos de peso en la región, que de ese modo eran comprometidos con el ordenamiento institucional, el equilibrio social y a la vez con el resguardo de la propiedad.

Uno de los resultados de este trabajo ha sido mostrar que la tarea de construir el Estado no significaba únicamente actualizar los plexos normativos y organizar jurídicamente los poderes locales, sino crear dispositivos para garantizar dinámicas de articulación en sentido vertical (entre Paraná, Córdoba y su campaña), así como horizontal y en ese sentido colaborativas, tanto por la insistencia de que los actores sociales aceptaran sus designaciones para los cargos públicos como las solicitudes para que los actores económicos asistieran los requerimientos de la frontera sur, donde se hacía sentir también la presencia o ausencia del Estado federal con sus magros recursos presupuestarios. En ese marco de tensiones, el cuerpo de funcionarios civiles y militares actuantes en la escala departamental del sur cordobés hizo sentir su voz en una etapa de la historia nacional donde los espacios interioranos subnacionales se posicionaban, ellos también, con sus agendas emergentes.

Otro resultado ha sido poner en valor los discursos contenidos en las notas oficiales que se intercambiaban asiduamente entre la capital provincial y la Villa de la Concepción donde se localizaban las sedes del juzgado, la policía y la municipalidad. La comunicación oficial fue un valioso instrumento para el ejercicio del poder del Estado que le posibilitaba proyectarse hasta los bordes de su dominio mediante un conjunto de mensajes que proyectaban concepciones e ideas compartidas por las elites gubernamentales. Entre ellas fue explícita la convicción de que el armado institucional no podía prescindir del acompañamiento de la campaña como tampoco de la frontera donde su poder se disputaba. A la vez, la escritura que componían y rubricaban los agentes estatales configuraba la memoria administrativa sobre los asuntos que aquejaban a esas sociedades distantes y circulaban hasta los centros del poder, Córdoba y Paraná.

En otro orden, la investigación mostró las conexiones entre los sectores económicos mejor consolidados de la campaña sur y su representación en el cuerpo de agentes estatales; una relación que permitiría inferir sobre la apelación a una estrategia de las elites estatales para colocar en los cuadros administrativos de la campaña a quienes eran beneficiarios, y no solo responsables, de encaminar allí el orden jurídico y el control social.

Pudo así reconstruirse tanto las prácticas de articulación como las tensiones que sobrevenían en ese proceso de construcción del Estado provincial donde la justicia, la policía y la municipalidad de la campaña, en tanto autoridades intermedias, del mismo modo que el desempeño del ejército en la frontera confirmaban que ese proceso no se hizo sin constricciones, tensiones y resistencias y que, en contrapartida, requería de compromisos, acuerdos y rectificaciones por parte de las autoridades estatales pues en ese sur cordobés la presencia estatal también se disputaba.

Agradecimientos

Agradezco a los evaluadores anónimos sus invalorables comentarios y sugerencias que me permitieron pensar y repensar mi trabajo

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Notas

[2] La literatura latinoamericana y argentina sobre elites estatales es profusa, advirtiéndose en las últimas dos décadas una intensificación en el interés por estudiar sus procedencias y prácticas. Véase, entre otros: Ai Camp (2006); Bohoslavsky y Soprano (2010); Joignant y Güell (2011). En cuanto a las elites sociales, los indicadores para su estudio consideran los referidos a capitales políticos, económicos, culturales y simbólicos. Véase: Losada (2016).
[3] La noción de capital está inspirada en el clásico trabajo de Pierre Bourdieu (1980) sobre el sentido práctico.
[4] Véase un sugerente debate sobre las formas de abordar la historia regional en Bonaudo, Reguera y Zeberio (2008). Acerca de la categoría “historia subnacional”, véase su aplicación historiográfica para el caso mexicano en Gómez-Galvarriano Freer (2021).
[5] Era el caso de Mariano Fragueiro, dueño de barracas en Buenos Aires. Las sospechas de su vinculación con la facción liberal porteña desencadenaron en Córdoba un juego de desgaste en que se debatió su gestión como gobernador, la cual solo duró dos años (1858 a 1860), para hacer frente a una revuelta que tuvo su foco principal en la campaña.
[6] José M. Paz desempeñó una misión en el interior para el gobierno de Buenos Aires.
[7] En ella se estipulaba un plazo de ocho meses para que cada provincia confederada elaborara su normativa y la enviara al congreso nacional. Ley de 1 de diciembre de 1854, T. 3, p. 169, Registro Nacional de la República Argentina (RNRA), Buenos Aires.
[9] Una de ellas era movilizar las milicias y guardias nacionales, según rigió desde el Reglamento de 1821 y el Código de 1847. Dicha atribución competía al gobierno nacional.
[10] Véase sesiones de 28 y 30 de julio de 1855. Del mismo modo, las sesiones donde hubo oposición a que el gobernador perdiese la investidura de Capitán General. Sesiones del 19 de junio de 1855; 23 de julio de 1855 y 27 de julio de 1855, Actas de Sesiones, 1855. Archivo de la Legislatura de Córdoba (ALPC), Córdoba.
[11] Ellas eran la idea de continuar con la práctica del voto censatario, de mantener la jurisdicción provincial para someter a los tribunales locales el juicio político contra el gobernador en caso de ser acusado y de conservar para este, el título de Capitán General.
[12] Durante dos sesiones los cordobeses expresaron su disconformidad por las observaciones realizadas al texto constitucional. Sesiones de 9 y 18 de octubre de 1855, Actas de Sesiones, 1855.
[13] El proyecto de ley ingresó a la legislatura en la sesión del 22 de julio y comenzó a debatirse el 21 de agosto, Actas de Sesiones, 1856, T. 7.
[14] El 15 de octubre se realizó el primero de los comicios. Resultaron electos José Hilario Arias, Adolfo Ortiz, Pedro Ordoñez, Lucas Celman y Manuel Sánchez. Sin embargo, la municipalidad no consiguió ser instalada ya que uno de ellos se hallaba en Córdoba y el otro renunció. El gobernador Roque Ferreyra expresó su preocupación y ordenó fijar una nueva fecha, el 30 de noviembre. Oficio del 15 de octubre de 1857, f. 119; 30 de noviembre de 1857, f. 85, Gobierno, T. 1. Archivo Histórico de la provincia de Córdoba (AHPC), Córdoba.
[15] Dicha característica fue común en todos los municipios del país y en general en América Latina. Véase Canedo (2016).
[16] La denominación de “Curato” era de origen eclesiástico y se conservó en el Reglamento de Justicia y Policía de Campaña como equivalente de las pedanías.
[17] Sesión de 21 de agosto de 1856, Actas de Sesiones, 1856.
[18] Roque Ferreyra expresó dicha postura, aunque fue rebatida y derrotada por el voto unánime de los legisladores. Sesión de 2 de octubre de 1856, f. 202, Legislatura, 1852-1858, T. 3. AHPC, Córdoba.
[19] Véase: Compilación de Leyes y Decretos de la Provincia de Córdoba (CLD), 1852-1870, T. I, 1915, p. 163. ALPC, Córdoba.
[20] La sección novena se titulaba “del Poder Municipal”. El debate se prolongó durante seis sesiones en cuyo transcurso hubo posturas a favor y en contra de concebir el municipio en términos políticos o administrativos. Finalmente se acordó este último formato.
[21] Véase CLD, 1852-1870, p. 164.
[22] Reglamento de Policía y Justicia de Campaña, 1856, p. 166, Gobierno. AHPC.
[23] Ese control sobre la policía perduró en la campaña hasta sancionarse la Constitución de 1870 cuando la atribución fue delegada a los Jefes Políticos, quienes a su vez dependían del gobernador.
[24] Para el período de estudio aquí trabajado, pueden mencionarse otros estudios sobre áreas fronterizas, como la norte santafesina, véase: Zampa (2019); para la frontera del noroeste, véase: Teruel (2005); acerca de la frontera bonaerense, véase: Ratto (2015).
[25] Los estudios pioneros sobre este espacio y sus pobladores fueron emprendidos por Pedro Grenón, monseñor Juan B. Fassi con su revista El Heraldo de Reducción, Aníbal Montes, Rodolfo Centeno y Alfredo Vitulo. Asimismo, caben citar las contribuciones de Carlos Mayol Laferrére y Víctor Barrionuevo Imposti. Progresivamente fueron incorporándose aportes contemporáneos que abordaron la frontera en sus diferentes problemáticas. Véase para los estudios demográficos Romano (1990); en la dimensión militar González (1997), Olmedo (2007); en los aspectos históricos globales Carbonari y Carini (2019); desde una perspectiva etnográfica (Tagmanini y Pérez Zavala, 2018).
[26] Este cargo fue suprimido por la Constitución de 1870 al crearse el de Jefe Político.
[27] Ley N° 3398, p. 192. RNRA.
[28] Ley N° 3420, p. 202. RNRA.
[29] Ley N° 3477, 10/3/1855, p. 218. RNRA.
[30] Oficio de 10 de octubre de 1856, Caja 243, Carpeta 1, f. 57, Gobierno. AHPC.
[31] Se criaban yeguarizos y mulas, mientras el número de vacunos había descendido de 5.500 a 4.000 cabezas. La cría de ovinos, despuntaba en la región del mismo modo que en la campaña centro-norte bonaerense, con alrededor de 70.000 cabezas. La lana se embarcaba con destino a Buenos Aires y Rosario. (Romano, 1999) La producción agrícola se centraba en el maíz y trigo, desarrollándose en el noroeste y norte del departamento a través de pequeñas explotaciones. (Romano, 1998)
[32] El censo de 1852 contabilizaba 3 almacenes de ramos generales, 6 boliches, 8 tiendas y 8 pulperías, lo que significó un crecimiento respecto del empadronamiento de 1846 cuando, según Carbonari y Carini (2019), existían 3 almacenes, 4 boliches, 5 pulperías y 4 tiendas (p. 65).
[33] Así, en La Carlota había 1 pulpería y 2 boliches; en Achiras, sólo 3 de éstos y en Las Peñas, dos.
[34] Las fuentes consultadas refieren a los ingresos de la sub-intendencia de policía de Río Cuarto, años 1853, 1856, 1859 y 1860, Gobierno. AHPC. Cada registro consignaba el nombre del comerciante, el producto comercializado y el lugar de destino.
[35] Los oficios mencionan a Apolinario Claro quien cedió un préstamo de 300$ para cubrir gastos de la comandancia de frontera. Oficio del 27 de junio de 1854, f. 324, T. 1, Gobierno. AHPC, Córdoba. En otro, figura Simón Ernesthal. Oficio del 16 de mayo de 1859, f. 55, T. 7, Gobierno. AHPC, Córdoba.
[36] Oficio del comandante Pedro Oyarzábal al juez de alzada. 17 de octubre de 1861, Caja 1861, Archivo Histórico Municipal de Río Cuarto (en adelante AHMRC), Río Cuarto. Oficio del gobierno de Córdoba al sub intendente de Policía, 14 de abril de 1853, f. 232, T. 233. AHPC.
37] Los ganaderos no solo pertenecían a la campaña sur; las fuentes permitieron registrar compras de vacunos realizadas en Calamuchita, Tercero Arriba, Tercero Abajo, Anejos y Río Segundo; así como también fuera de la provincia, procurándose en las estancias bonaerenses.
[38] Oficio del gobernador Roque Ferreyra al juez de alzada, 6 de mayo de 1855, f. 270; 30 de julio de 1855, f. 311, 1855, T. 242, Gobierno. AHPC.
[39] Oficio del 2 de febrero de 1853, fs. 290 y 291, T. 5, Gobierno. AHPC.
[40] Oficios varios del gobernador Guzmán al juzgado de alzada. Oficio del 8 de setiembre de 1853, f. 295v.; del 8 de noviembre de 1853, f. 298; del 11 de marzo de 1854, f. 150v., T. 5, Gobierno. AHPC.
[41] Oficio del sub intendente de policía al presidente municipal de 30 de setiembre de 1853, fs. 815 y 816, T. 5, Gobierno. AHPC.
[42] Estas situaciones constaban en las “listas de filiación” donde se indicaba el nombre del soldado, el grado obtenido dentro de la fuerza y los rasgos físicos que permitirían individualizarlo.
[43] Oficio del gobernador al Ministro de Relaciones Exteriores de la Confederación, 10 de diciembre de 1852, f. 51, T. 1, 1852-1857, Gobierno. AHPC.
[44] Oficios del ministerio del interior al gobierno de Córdoba del 16 de julio de 1856, f. 204 v.; 16 de diciembre de 1856, fs. 73, 134 y v.; 1 de mayo de 1857, f. 137; 17 de agosto de 1855, f. 384; 26 de febrero de 1856, f. 385, Gobierno. AHPC.
[45] Dicha categoría no era común en todas provincias. En Río Cuarto remitía al jefe de la policía.
[46] Ingresos de la Sub-Intendencia de Policía de Río Cuarto, años 1853, 1856, 1859 y 1860, Gobierno. AHPC.
[47] Véase: Bosch (1998); Gayol y Kessler (2002); Bonaudo (2005); Piazzi (2017); Barriera (2018). Para Córdoba, véase: Beraldi (2017). Véase para justicia federal: Lanteri (2008).
[48] Oficio de fecha 12 de noviembre de 1854, f. 613, Gobierno, 1854. AHPC.
[49] En varios momentos del año 1857 y 1858 el sub-intendente escribía al gobernador declarando que la policía ya no contaba con presupuesto para hacer frente al pago de los salarios y mantenimiento de la cárcel. Oficios varios de Manuel Tissera al gobernador. 13 de marzo de 1857, f. 750; 26 de abril de 1857, f. 751; 17 de enero de 1858, f. 27, T. 6. AHPC. Véase también: oficio del 2 de octubre de 1857, Caja 245. AHMRC.
[50] Véase el trabajo de Gayol (1996) para el área bonaerense.
[51] Un análisis de sus discursos ante los legisladores advierte acerca de las enormes dificultades que atravesaban las finanzas de la provincia mediterránea para responder a las demandas departamentales y en particular a la frontera sur.
[52] En 1885 se solicitó a los jueces de alzada que gestionasen un préstamo de 15.000$ entre los vecinos de la campaña, esperándose recolectar en los departamentos Río Cuarto y del oeste provincial un diez por ciento de esa suma. Oficio de 10 de diciembre de 1855, T. 7, Año 1855, fs. 383-383, Gobierno. AHPC.
[53] Los mismos comprendían patentes, propiedades, tránsito de carretas, impuesto territorial y contribución directa. (CLD. 1852-1870, T. 1, pp. 46-51, 119-120; 189-190; T. 2, pp. 10-14. ALPC, Córdoba.
54] Los estudios de De los Ríos (2010) para Santa Fe, García Garino (2018) para Mendoza, Herrera y Parolo (2011) para Tucumán y Alvero (2013) para Catamarca.
[55] Los estudios sobre frontera se han constituido en un campo específico para dar cuenta de la composición diversa de actores y complejidad de relaciones que se desenvolvían en esas áreas todavía en disputa. Véase para otras zonas de frontera: Míguez (2010); Lagos y Ratto (2011); Zampa (2019); Garavaglia (2015).
[56] Oficio de Raymundo Gorocito al comandante Juan B. Ferreyra, 5 de agosto de 1854, f. 461, T. 237, Gobierno. AHPC.
[57] Oficio del 21 de setiembre de 1855, f. 327, T. 242, Gobierno. AHPC.
[58] Oficio del juez de alzada Vicente Alba al gobernador delegado Gerónimo Yofré, 12 de julio de 1853, f. 251, T. 233, Gobierno. AHPC.
[59] Dichos hacendados fueron Norberto López, Luis Martínez, José Nicolarino, Manuel Irusta, Manuel Ortiz, Cayetano Fernandez, Francisca Balladares, Ramón Bargas, Sinforiano Bargas, Pedro Fernández, Manuel Ferreyra, Juan Bautista Balmaceda, Pedro Ocanto, Trinidad Freytes, Mercedes Balmaceda y Santos Eredia, 7 de octubre de 1853, fs. 337-338, T. 233, Gobierno. AHPC.
[60] Oficio del 2 de agosto de 1860, f. 21, T. 2. AHPC. Oficios del 9 de abril de 1855, ff. 107-109, T. 1; 23 de abril de 1858, fs. 352 y 372, T. 4; 24 de julio de 1858, f. 401; 24 de setiembre de 1858, f. 355v.; 15 de setiembre de 1858, fs. 378 y v.; 24 de setiembre de 1858, f. 355v.; 22 de junio de 1859, ff. 13 y v., T. 2, Gobierno. AHPC.
[61] Oficio de 10 de abril de 1855, f. 252; 1 de julio de 1855, f. 256; 23 de noviembre de 1855, f. 263. AHPC.
[62] Documentos 10 y 16, Gobierno de la Confederación, Sala X. Archivo General de la Nación, Buenos Aires.
[63] Ley N° 5559, p. 422. RNRA, AHLC.
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